En la Convención sobre el Mar, ¿qué son el mar territorial, el mar interior, la alta mar, la plataforma continental y la zona económica exclusiva?
⒈Mar territorial: antiguamente conocido como agua costera, mar costero, zona de agua de mar y agua territorial, en
geografía
se refiere al terreno que es paralelo a la costa y tiene una franja de agua de océano de cierta distancia y ancho. Según el derecho del mar, el mar territorial se define como: “Se denomina mar territorial al área de soberanía nacional que se extiende más allá de su territorio terrestre y de sus aguas interiores y adyacente a su costa”. Mar que se extiende hacia el continente, con un área pequeña y solo hay canales estrechos conectados al océano, y el agua del mar es poco profunda. Las características hidrológicas aquí se ven afectadas por el mar continental. Calificadas como aguas interiores en el derecho internacional y forman parte del territorio. El país ejerce derechos completos y exclusivos sobre ellas. ⒊La zona económica exclusiva se refiere a un área de 200 millas náuticas desde la línea de base del mar territorial medida, fuera del mar territorial y adyacente al mar territorial. Dentro de la zona económica exclusiva, el estado ribereño también disfruta de jurisdicción administrativa, jurisdicción civil, jurisdicción penal y otros derechos conferidos por el derecho internacional dentro de un cierto alcance. El estatuto jurídico de esta zona no es ni mar territorial ni alta mar, sino un estatuto jurídico independiente y específico. Alta mar: se refiere a todas las zonas marítimas excluidas las aguas territoriales nacionales o las aguas interiores en el derecho internacional. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 estipula que alta mar son todas las áreas marítimas no incluidas en la zona económica exclusiva, el mar territorial o las aguas interiores de un país, o dentro de las aguas del archipiélago de un estado archipiélago. La alta mar está abierta al uso igualitario y común de todos los países. No es parte del territorio de ningún país y, por lo tanto, no está bajo la soberanía de ningún país; ningún país puede apropiarse de ninguna parte de alta mar como propia, y no puede ejercer jurisdicción sobre la alta mar misma.
Nombre chino: plataforma continental Nombre en inglés: plataforma continental Otros nombres: plataforma continental, plataforma continental; plataforma continental Definición 1: Una zona de aguas poco profundas que se extiende hacia afuera desde la costa y donde la pendiente del fondo marino aumenta significativamente. La profundidad media del agua en el borde exterior es de 130 m y el ancho es de 10 a 1.000 km. Disciplinas relevantes: Ciencias Atmosféricas (asignatura de primer nivel); Atmósfera (asignatura de segundo nivel) Definición 2: El fondo marino plano y poco profundo sumergido por agua de mar en el borde de un continente es una extensión natural del continente hasta el mar. Va desde la línea de marea baja hacia el mar hasta la ruptura del talud continental, donde el talud aumenta significativamente. Disciplinas relevantes: Geografía (asignatura de primer nivel); Geografía marina (asignatura de segundo nivel) Definición 3: En geología, se refiere a la zona marina suave y poco profunda que se extiende naturalmente desde el continente hasta el mar. En términos legales, se refiere al fondo marino y el subsuelo del área del fondo marino más allá del mar territorial de un estado costero que se extiende desde toda la extensión natural de su territorio terrestre hasta el borde exterior del continente si se mide desde la línea de base para medir. el ancho del mar territorial hasta el borde exterior del continente si la distancia es inferior a 200 millas náuticas, se ampliará a una distancia de 200 millas náuticas si la distancia desde la línea de base para medir el ancho del mar territorial hasta el exterior; borde del continente excede las 200 millas náuticas, el espesor de la roca sedimentaria en cada punto más externo será de al menos 200 millas náuticas desde ese punto, el 1% de la distancia más corta hasta el pie del talud continental, o cualquier punto que no exceda las 60 millas náuticas de ese punto. Para trazar el límite se utilizará el pie del talud continental. Disciplina: Ciencias y Tecnología Marinas (Asignatura de Primer Nivel) Definición 4: Zona de fondo marino con suave pendiente que se extiende naturalmente desde la tierra continental hasta el mar u océano. Generalmente, la profundidad del agua no supera los 200 m. Disciplinas relevantes: Pesca (asignatura de primer nivel); Ciencias Pesqueras Básicas (asignatura de segundo nivel) Definición 5: El área de aguas relativamente planas y poco profundas alrededor del continente, el área del fondo marino que comienza desde la línea de marea baja de la costa hasta el mar abierto. hasta el borde donde la pendiente del fondo marino aumenta significativamente. Disciplinas relevantes: Ciencia y tecnología de recursos (disciplina de primer nivel); Geociencias de recursos (disciplina de segundo nivel).