¿Por qué a la víctima también se le acusa de hurto además de robo?
Primer tipo: En primer lugar, se puede ver que el perpetrador tiene dos comportamientos: robar un teléfono móvil y robar facturas telefónicas. No existe ninguna relación entre los dos comportamientos de implicar al delincuente y absorber al delincuente. No son ni el medio ni el propósito. No se trata de causa y efecto. Existen dos tipos penales diferentes:
El segundo tipo: si quien robó el teléfono móvil se deshace intencionadamente del mismo, no constituye delito de destrucción intencionada de bienes, y es un hecho impune a posteriori. .
No existe una relación estrecha entre el hurto de facturas de teléfono y el robo, y no siempre los dos ocurren al mismo tiempo, por lo que no puede entenderse como un hecho impune a posteriori.