Shehe.com les debe salarios a los empleados. El jefe no ha pagado los salarios durante 3 meses y sigue buscando excusas todos los días. Quejarse ante la Oficina del Trabajo no funciona.
La inspección del trabajo no es muy fuerte a la hora de hacer cumplir la ley sobre atrasos salariales. Puede exigir que la inspección del trabajo emita un certificado ordenando el pago, solicite un arbitraje de conflictos laborales, reclame el pago de salarios y pague una compensación.
"Ley de Contrato de Trabajo"
Artículo 85: Si un empleador concurre alguna de las siguientes circunstancias, la administración del trabajo le ordenará pagar la remuneración laboral, el pago de horas extras o la compensación económica dentro de un límite de tiempo; si la remuneración es inferior al salario mínimo local, se pagará la diferencia; si el pago no se realiza dentro del plazo, se ordenará al empleador que pague una compensación adicional al empleado a una tasa no inferior; del 50% pero no más del 100% del monto a pagar: p>
(1) Falta de pago de la remuneración laboral en su totalidad y a tiempo según lo estipulado en el contrato de trabajo o en la normativa nacional;
(2) Pagar salarios laborales por debajo del estándar de salario mínimo local;
(3) Organizar horas extras sin pagar horas extras;
(4) Revocar o rescindir el contrato laboral y no cumplir con pagar compensaciones económicas a los trabajadores de conformidad con esta ley.
"Ley de Arbitraje y Mediación de Conflictos Laborales"
Artículo 5: Si se produce un conflicto laboral y las partes no están dispuestas a negociar, no logran llegar a un acuerdo o no realizan la solución después de llegar a un acuerdo, pueden solicitar la mediación a una organización de mediación. Aquellos que no estén dispuestos a mediar, no lleguen a la mediación o no cumplan el acuerdo de mediación después de llegar a él, podrán solicitar arbitraje a la Comisión de Arbitraje de Conflictos Laborales; Quienes no estén satisfechos con el laudo arbitral podrán presentar una demanda ante el Tribunal Popular, salvo disposición en contrario de esta Ley.
Artículo 51 Las partes deberán realizar los actos y laudos de mediación legalmente eficaces dentro del plazo señalado. Si una de las partes no cumple el plazo, la otra parte puede solicitar la ejecución al Tribunal Popular de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Civil. El tribunal popular que acepte la solicitud la ejecutará de conformidad con la ley.