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Reglamento sobre la Gestión de Seguridad en el Transporte de Materiales Radiactivos

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión de seguridad del transporte de materiales radiactivos, proteger la salud humana, proteger el medio ambiente y promover el desarrollo y uso pacífico de la energía nuclear y la tecnología nuclear, en de conformidad con la "República Popular China" y el presente Reglamento se formula de conformidad con la Ley Nacional de Prevención y Control de la Contaminación Radiactiva. Artículo 2 El presente Reglamento se aplicará al transporte de artículos radiactivos y al diseño y fabricación de contenedores para el transporte de artículos radiactivos.

Los artículos radiactivos mencionados en estas regulaciones se refieren a artículos que contienen radionucleidos y cuya actividad y actividad específica son ambas superiores al valor de exención estipulado por el estado. Artículo 3 Los elementos radiactivos se clasifican en Categoría I, Categoría II y Categoría III en función de sus características y su daño potencial a la salud humana y el medio ambiente.

Los elementos radiactivos de Clase I se refieren a fuentes radiactivas de Clase I, desechos radiactivos de alto nivel, combustible gastado y otros elementos radiactivos que tienen un impacto radiactivo significativo en la salud humana y el medio ambiente cuando se liberan al medio ambiente.

Los elementos radiactivos de Clase II se refieren a fuentes radiactivas de Clase II y III, desechos radiactivos de nivel medio y otros elementos radiactivos que tienen efectos radiactivos generales sobre la salud humana y el medio ambiente después de ser liberados al medio ambiente.

Los artículos radiactivos de Categoría III se refieren a fuentes radiactivas de Clase IV y V, desechos radiactivos de bajo nivel, productos farmacéuticos radiactivos y otros artículos radiactivos que tienen un impacto de radiación menor en la salud humana y el medio ambiente cuando se liberan al medio ambiente.

La clasificación específica y la lista de elementos radiactivos serán formuladas por el departamento regulador de seguridad nuclear del Consejo de Estado en conjunto con los departamentos competentes de seguridad pública, salud, aduanas, transporte, ferrocarriles, aviación civil y industria nuclear dependiente del Consejo de Estado. Artículo 4 El departamento regulador de seguridad nuclear del Consejo de Estado supervisará y gestionará la seguridad nuclear y radiológica del transporte de artículos radiactivos.

Los departamentos de seguridad pública, transporte, ferrocarriles, aviación civil y otros departamentos competentes pertinentes del Consejo de Estado serán responsables de la supervisión y gestión pertinentes de la seguridad del transporte de materiales radiactivos de conformidad con las disposiciones de este Reglamento. y sus respectivas responsabilidades.

Los departamentos de protección ambiental de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior y los departamentos de seguridad pública, transporte y otros departamentos relevantes son responsables de la supervisión y gestión pertinentes de la seguridad del transporte de materiales radiactivos en sus respectivos países. áreas administrativas de conformidad con lo dispuesto en este reglamento y sus respectivas competencias. Artículo 5 Al transportar artículos radiactivos, se utilizarán contenedores especiales para el transporte de artículos radiactivos (en lo sucesivo, contenedores de transporte).

El transporte de artículos radiactivos y el diseño y fabricación de contenedores de transporte de artículos radiactivos deben cumplir con las normas nacionales de seguridad para el transporte de artículos radiactivos.

Las normas nacionales de seguridad para el transporte de materiales radiactivos son formuladas por el departamento regulador de seguridad nuclear del Consejo de Estado y emitidas conjuntamente por el departamento regulador de seguridad nuclear del Consejo de Estado y el departamento de normalización del Consejo de Estado. . Cuando el departamento regulador de seguridad nuclear del Consejo de Estado formule normas nacionales de seguridad para el transporte de materiales radiactivos, solicitará la opinión de los departamentos competentes de seguridad pública, salud, transporte, ferrocarriles, aviación civil e industria nuclear dependientes del Consejo de Estado. . Artículo 6 Las unidades de diseño y fabricación de contenedores para el transporte de materiales radiactivos establecerán y mejorarán el sistema de responsabilidad, fortalecerán la gestión de calidad y serán responsables de las actividades de diseño y fabricación de los contenedores para el transporte de materiales radiactivos.

El transportista de artículos radiactivos (en adelante, el transportista) deberá formular un plan de emergencia para accidentes nucleares y radiológicos, adoptar medidas efectivas de protección y seguridad radiológica durante el transporte de artículos radiactivos y llevar a cabo medidas de seguridad nuclear. durante el transporte de artículos radiactivos. Responsable de la seguridad radiológica. Artículo 7 Cualquier unidad o individuo tiene derecho a denunciar violaciones de las disposiciones de este Reglamento al departamento regulador de seguridad nuclear del Consejo de Estado u otros departamentos que desempeñan funciones de supervisión y gestión de seguridad para el transporte de artículos radiactivos de conformidad con la ley.

El departamento que recibe la denuncia deberá investigarla y tratarla de conformidad con la ley y mantener la confidencialidad del denunciante. Capítulo 2 Diseño de contenedores para el transporte de materiales radiactivos Artículo 8 La unidad de diseño de contenedores para el transporte de materiales radiactivos deberá establecer, mejorar e implementar de manera efectiva un sistema de garantía de calidad, diseñar de acuerdo con las normas nacionales de seguridad para el transporte de materiales radiactivos y verificar el diseño mediante verificación o análisis experimental. y demostración. Evaluar el desempeño de seguridad de los contenedores de transporte de materiales radiactivos. Artículo 9 La unidad de diseño de contenedores de transporte de materiales radiactivos establecerá y mejorará el sistema de archivos y registrará fielmente el proceso de evaluación del diseño y el desempeño de seguridad de los contenedores de transporte de materiales radiactivos de acuerdo con los requisitos del sistema de garantía de calidad.

Al diseñar un contenedor de transporte para materiales radiactivos de Clase I, se deberá preparar un informe de evaluación de seguridad del diseño; al diseñar un contenedor de transporte para materiales radiactivos de Clase II, se deberá preparar un formulario de informe de evaluación de seguridad del diseño. Artículo 10 El diseño de un contenedor de transporte para artículos radiactivos de Clase I se presentará al departamento regulador de seguridad nuclear del Consejo de Estado para su revisión y aprobación antes de usarse para la fabricación por primera vez.

Para solicitar la aprobación del diseño de un contenedor de transporte de material radiactivo Clase I, la unidad de diseño deberá presentar una solicitud por escrito al departamento regulador de seguridad nuclear del Consejo de Estado y presentar los siguientes materiales:

(1) Plano de diseño general y sus instrucciones de diseño;

(2) Informe de evaluación de seguridad del diseño;

(3) Esquema de garantía de calidad. Artículo 11 El departamento regulador de seguridad nuclear del Consejo de Estado completará la revisión dentro de los 45 días hábiles a partir de la fecha de aceptación de la solicitud. Si cumple con las normas nacionales de seguridad para el transporte de materiales radiactivos, emitirá una carta de aprobación de diseño para. el contenedor de transporte de materiales radiactivos Clase I y anunciar el número de aprobación; para aquellos que no cumplan con las normas nacionales de seguridad para el transporte de materiales radiactivos, notificar al solicitante por escrito y explicar los motivos. Artículo 12 Si la unidad de diseño modifica el contenido de seguridad relevante del diseño aprobado de un contenedor de transporte de material radiactivo de Clase I, deberá volver a solicitar al departamento regulador de seguridad nuclear del Consejo de Estado obtener la Carta de Aprobación de Diseño para un contenedor de transporte de material radiactivo de Clase I. contenedor de acuerdo con los procedimientos de solicitud originales.