Red de conocimiento informático - Consumibles informáticos - El artículo 148 de la Ley de Seguridad Alimentaria estipula una compensación mínima de mil yuanes

El artículo 148 de la Ley de Seguridad Alimentaria estipula una compensación mínima de mil yuanes

Párrafo 2: Además de reclamar compensación por pérdidas, los consumidores que produzcan alimentos que no cumplan con los estándares de seguridad alimentaria o operen alimentos que saben que no cumplen con los estándares de seguridad alimentaria también pueden exigir el pago al productor o operador diez veces el monto de la compensación o tres veces la pérdida si el monto del aumento de la compensación es inferior a mil yuanes, será mil yuanes; Sin embargo, esto se exceptúa si existen defectos en las etiquetas e instrucciones de los alimentos que no afecten la seguridad alimentaria y no induzcan a error a los consumidores.

Es decir; si la cantidad es inferior a mil, la indemnización será la cantidad de mil. Si la cantidad excede de mil, la indemnización se basará en el importe de la indemnización.