Red de conocimiento informático - Espacio del host - Utilicé mi propio nombre de dominio registrado para crear un sitio web para mi empresa. Ahora vendí mi nombre de dominio a otra empresa. El contenido del sitio web es exactamente el mismo que antes.

Utilicé mi propio nombre de dominio registrado para crear un sitio web para mi empresa. Ahora vendí mi nombre de dominio a otra empresa. El contenido del sitio web es exactamente el mismo que antes.

Aquí intervienen dos consideraciones clave:

Cuál es la relación entre el individuo y la empresa, si existe un acuerdo laboral y un contrato de operación del sitio web.

El punto clave aquí es que debido a que diferentes empresas e individuos tienen diferentes formas de cooperación, muchas empresas no restringen la forma en que los empleados hacen negocios e incluso alientan a los empleados a utilizar sitios web para promover la imagen de la empresa y crear información indirecta. Beneficios de la escala de promoción.

Para los sitios web, el derecho de propiedad no pertenece a una determinada persona con solo abrir la boca, sino el derecho de propiedad de la información de registro. Si una empresa requiere que los empleados creen un sitio web para la empresa, entonces. Primero, la información de registro del nombre de dominio debe ser propiedad de la empresa y no del vendedor individual. Esto puede evitar la situación en la que algunas empresas sin escrúpulos tientan a los empleados a invertir en la creación de sus propios sitios web en la etapa inicial y luego de recibir los beneficios. Al ver las perspectivas, empiezan a hablar del sitio web de nuevo. Es propiedad de la empresa. Esta situación es muy despreciable y la industria la desprecia. Incluso si obtiene el nombre de dominio, no habrá beneficios duraderos.

En cuanto a la infracción, esta no involucra a un individuo sin importar la relación que la persona tenga con la empresa o con la Empresa B, siempre y cuando la Empresa A no tenga autorización para producir y publicitar, e imitar o. copia los materiales de la empresa, se considerará una infracción, por lo que no es necesario disputarlo. Si la empresa A no lo autoriza, puede demandar directamente a la empresa B por infracción. relaciones personales. Ese es un asunto que debe manejarse en privado entre ellos.

Pero aquí hay una duda, es decir, no importa quién administre este sitio web, no importa quién invierta y gaste dinero, si el contenido es exactamente el mismo, es publicidad de la Compañía A, por lo que no ¿No hay infracción? Si no especifica que todo el contenido de los productos relacionados u otra información pertenece a la empresa B, entonces los beneficios obtenidos pertenecen a la empresa A. La empresa A no gasta dinero y tiene un efecto publicitario. Normalmente, es imposible perseguir el objetivo. Se llama infracción porque no hay infracción de los derechos disponibles. . . A menos que alguien cambie el contenido, no es exactamente lo mismo. . . Esa es una historia diferente