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El significado de la regla 4321 de valoración de bienes inmuebles

La Regla 4321

La Regla 4321 divide un frente de calle ordinario con una profundidad estándar de 100 pies paralelos a la calle en cuatro partes iguales, es decir, contando desde el frente de la calle, Los primeros 25 pies valen el 40% del precio de la ruta, los segundos 25 pies valen el 30% del precio de la ruta, los terceros 25 pies valen el 20% del precio de la ruta y los cuartos 25 pies valen el 30% del precio de la ruta. precio de ruta 10% del precio de ruta, si excede los 100 pies se requiere la regla 9876 para complementarlo. Es decir, los primeros 25 pies sobre 100 pies valen el 9% del precio de la ruta, los segundos 25 pies son el 8% del precio de la ruta, los terceros 25 pies son el 7% del precio de la ruta y los cuartos 25 pies son los precio de ruta 6%.