Condiciones de solicitud para viviendas de alquiler bajo en el condado de Shangsi, Fangchenggang, Guangxi
Vivienda de alquiler bajo: (1) Para solicitar seguridad de vivienda de alquiler bajo, debe cumplir las siguientes condiciones: 1. El ingreso disponible mensual per cápita de la familia solicitante es inferior a 1.100 yuanes (inclusive). ) durante seis meses consecutivos antes del mes de solicitud 1.100 yuanes), y la propiedad del hogar es inferior a 120.000 yuanes (incluidos 120.000 yuanes). La propiedad familiar se refiere a todos los depósitos, casas no residenciales, vehículos, valores y otras propiedades propiedad de miembros de la familia. 2. La superficie habitable per cápita de la familia solicitante es inferior a 7 metros cuadrados (excluidos 7 metros cuadrados). 3. Los miembros de la familia solicitantes deben tener una residencia permanente no agrícola en esta ciudad y vivir efectivamente en el lugar donde está registrado el jefe de hogar, y al menos una persona debe haber obtenido una residencia permanente no agrícola en esta ciudad por más de 3 años, y los demás integrantes deberán haberse mudado a esta residencia por más de 1 año. Sin embargo, aquellos que apoyan la construcción en otros lugares y se jubilan (empleo) y regresan a Shanghai para establecerse y mudarse a una residencia registrada no están sujetos a esta restricción. 4. Debe existir una relación jurídica de apoyo, manutención o custodia entre los miembros que solicitan el divorcio familiar y conviven con ellos. (2) Las siguientes familias especiales, cuyo ingreso disponible mensual per cápita es inferior al salario mínimo estándar de la ciudad para los empleados (actualmente 1.120 yuanes/mes) y cumplen otras condiciones de solicitud para viviendas de alquiler bajo, pueden solicitar viviendas de alquiler bajo: 1. Quienes hayan obtenido los Jubilados provinciales con el título de modelo laboral de nivel ministerial o superior. 2. Familias de mártires, familiares de soldados que sacrificaron sus vidas en el cumplimiento del deber y soldados discapacitados en los grados uno a cuatro. 3. Empleados jubilados que hayan obtenido el título de Abanderado Rojo del 8 de Marzo a nivel nacional o Abanderado Rojo del 8 de Marzo a nivel provincial o ministerial dos veces o más. 4. Chinos de ultramar que regresaron antes de finales de 1966.