¿Cómo se estipula la indemnización por daños en el transporte urgente?
(1) Si el envío urgente asegurado se pierde o se daña completamente, la indemnización se basará en el valor asegurado si está parcialmente dañado o faltan piezas internas, la pérdida real del envío urgente; La entrega se compensará en función de la relación entre el valor asegurado y el valor total de la entrega urgente.
(2) Si el envío urgente sin seguro se pierde, daña o le faltan piezas internas, la compensación se basará en la pérdida real, pero el monto máximo de compensación no excederá tres veces la tarifa cobrada.
Las empresas postales harán constar lo dispuesto en el párrafo anterior en los avisos en los locales comerciales y en los documentos de entrega urgente que entreguen a los usuarios de forma suficiente para llamar la atención de los usuarios.
Si una empresa postal causa pérdidas en el envío urgente por dolo o negligencia grave, o incumple sus obligaciones conforme al párrafo anterior, no tendrá derecho a invocar lo dispuesto en el párrafo 1 de este artículo. limitar la responsabilidad por indemnización.
Base Legal
El artículo 47 de la "Ley Postal" establece que las empresas postales compensarán la pérdida de correo certificado de conformidad con las siguientes disposiciones:
(1) Valor asegurado Si el correo certificado se pierde o está completamente dañado, la compensación se basará en el valor asegurado; si está parcialmente dañado o falta el contenido, la pérdida real del correo se compensará con base en la relación del valor asegurado; valor asegurado al valor total del correo.
(2) Si el correo no asegurado se pierde o daña, o si falta el contenido, la compensación se basará en la pérdida real, pero el monto máximo de compensación no excederá tres veces el cargo si es correo certificado; se pierde o daña, la compensación se basará en la pérdida real. La compensación será tres veces la tarifa cobrada.
Las empresas postales harán constar lo dispuesto en el párrafo anterior en los avisos en los locales comerciales y en los recibos de correo que entreguen a los usuarios de forma suficiente para llamar la atención de los usuarios.
Si una empresa postal provoca la pérdida del correo entregado por dolo o negligencia grave, o incumple sus obligaciones estipuladas en el párrafo anterior, no tendrá derecho a invocar lo dispuesto en el párrafo 1 de este artículo para limitar la responsabilidad por indemnización.