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Después de la conferencia previa al juicio, sabrá cómo decidir la sentencia.

Según el sentido común jurídico pertinente, sabemos que cuando el tribunal va a celebrar un juicio de un caso importante, normalmente celebrará primero una conferencia penal previa al juicio. Además, las reuniones previas al juicio tienen sus propios sistemas jurídicos pertinentes. Para casos con una gran cantidad de material probatorio, casos importantes y complejos y un impacto social significativo, el personal del juicio puede convocar al personal pertinente para excluir y organizar las pruebas antes del juicio. Entonces, ¿cómo tratar las pruebas en las reuniones penales previas al juicio? He recopilado contenido relevante a continuación para responder a sus preguntas.

Cómo tratar las pruebas en la audiencia previa al juicio penal

Ámbito de exhibición de las pruebas

En primer lugar, las pruebas que se pueden exhibir en la audiencia previa al juicio. La conferencia de primera instancia debe ser decidida por la acusación y la defensa en el tribunal. No es necesario mostrar las pruebas presentadas en la conferencia previa al juicio en la conferencia previa al juicio en el caso de pruebas que la fiscalía y la defensa ya poseían pero decidieron no presentar ante el tribunal. Lo que hay que tener en cuenta aquí es que en la práctica judicial existe otro tipo de prueba sobre si los materiales probatorios se califican como prueba, es decir, si es necesario presentar prueba en el tribunal o no, depende de. si la parte contraria plantea objeciones a la calificación de la prueba. Este tipo de prueba, una vez que la acusación y la defensa decidan utilizarla para resolver la cuestión de la calificación de la prueba durante la conferencia previa al juicio, se considerará que ha decidido ser presentada. en el tribunal y se debe permitir su exhibición en la conferencia previa al juicio.

Por ejemplo, el párrafo 1 del artículo 13 del Reglamento estipula que si el acusado y su defensor solicitan excluir pruebas ilegales antes del juicio y proporcionar pistas o materiales pertinentes de conformidad con la ley, la Fiscalía Popular presentará materiales de prueba pertinentes, etc. en la reunión previa al juicio y proporcionará una explicación específica sobre la legalidad de la recopilación de pruebas. En segundo lugar, las pruebas que la acusación y la defensa deciden presentar ante el tribunal incluyen dos tipos: una es la prueba que la acusación y la defensa han transferido con el caso o presentado al Tribunal Popular antes de convocar la conferencia previa al juicio, y la otra es. las pruebas que la acusación y la defensa tienen antes de convocar la conferencia previa al juicio. Las pruebas que han sido recopiladas por ambas partes pero que no han sido transferidas con el caso ni presentadas al Tribunal Popular, incluidas las pruebas colaterales relativas a la calificación de las pruebas.

Métodos de exhibición de evidencia

Información ampliada

El método de exhibición de evidencia varía dependiendo de si la evidencia a exhibir ha sido transferida con el caso con anticipación o presentado ante el Tribunal Popular. Para las pruebas que han sido transferidas con el caso o presentadas al Tribunal Popular antes de convocar la conferencia previa al juicio, el Tribunal Popular generalmente ha notificado tanto a la acusación como a la defensa para que las lean al convocar la conferencia previa al juicio. quien preside la conferencia previa al juicio puede organizar las pruebas de las siguientes maneras Trabajo de presentación: Juicio: Defensor, ¿tiene alguna objeción a las pruebas del Ministerio Público? Defensa: Juicio: Fiscal, ¿tiene alguna objeción a las pruebas? del defensor? Público: Si el defensor o el fiscal no tiene objeciones a la prueba de la otra parte, se da por terminada la presentación de la prueba.

Si el defensor o fiscal tiene objeciones a las pruebas de la otra parte, la persona que preside la conferencia previa al juicio puede continuar organizando la presentación de pruebas según el siguiente modelo:

Juicio: Defensor/Fiscal, cuyas pruebas ¿Tiene objeciones el fiscal/defensor? Sí ¿A qué objeciones? En este momento, se deben tener en cuenta dos cosas: Primero, si el defensor o el fiscal tiene objeciones a múltiples pruebas presentadas por la otra parte, la persona que preside la conferencia previa al juicio. debe pedir al defensor/fiscal que indique los nombres de las pruebas objetables una por una. 2. La persona que preside la reunión previa al juicio debe guiar al defensor/fiscal para perfeccionar el contenido de la objeción y aclarar los elementos subdivididos de la misma; la revisión y autenticación de las pruebas objetables, y no debe limitar la situación de objeción a la legalidad, autenticidad/objetividad de las pruebas, como por ejemplo la naturaleza de las mismas. objeción a la “objeción a la legalidad de la prueba de "Defensor/Fiscal, por favor indique el contenido de la objeción en detalle",

Esto es hasta que el defensor/Fiscal sea guiado a declarar los elementos subdivididos relacionados con la legalidad de la prueba, como registros sin orden de allanamiento, uso de familiares de ×××. En el caso de ×××, se amenazan con obtener pruebas, etc., cuando el defensor/fiscal expresa objeción de que “existe una prueba”; objeción a la autenticidad de la evidencia ×××”, la persona que preside la reunión previa al juicio también debe continuar guiando al defensor/fiscal para refinar la dirección de la objeción, “Defensor/Fiscal, cuando habla de autenticidad, ¿se refiere? ¿La autenticidad de la forma o la autenticidad del contenido?" Si es necesario, se debe explicar la autenticidad de la forma y la autenticidad del contenido. Después de que el defensor/fiscal responda, continúe siguiendo la guía anterior para refinar la dirección de la objeción de legalidad con respecto a la objeción a la autenticidad de la forma y la autenticidad del contenido respectivamente, y oriente al defensor/fiscal para que establezca las subdivisiones relacionadas con la autenticidad. de la forma o de la autenticidad del contenido de la prueba hasta los elementos.

Para las pruebas que no han sido transferidas con el caso o presentadas al Tribunal Popular antes de que se celebre la conferencia previa al juicio, si la fiscalía y la defensa solicitan proporcionarlas cuando se celebre la conferencia previa al juicio, la persona que presida la conferencia previa al juicio deberá solicitar primero la producción. La parte deberá explicar el nombre de la prueba a presentar, la fuente de la prueba, los hechos a probar y el contenido principal de la prueba. Si es necesario, los materiales de evidencia relevantes se entregarán a la otra parte para su revisión y se permitirá un tiempo razonable para la revisión. A partir de entonces, la acusación y la defensa se organizan para completar el trabajo de presentación de pruebas de acuerdo con el método de presidir la presentación de pruebas que han sido transferidas con el caso o presentadas al Tribunal Popular antes de convocar la conferencia previa al juicio.

Limitaciones en la presentación de pruebas

Las conferencias previas al juicio son procedimientos de preparación previa al juicio que sirven al juicio centralizado y continuo del tribunal. Las conferencias previas al juicio no pueden debilitar ni reemplazar la función de audiencia judicial mediante la celebración de conferencias previas al juicio. Específicamente en términos de presentación de pruebas, para las pruebas a las que la acusación y la defensa no tienen objeciones durante la presentación de pruebas, la persona que preside la conferencia previa al juicio debe registrarlas en la transcripción de la conferencia previa al juicio, pero no puede autentificarlas durante la conferencia previa al juicio. Sólo puede verificarse después de la investigación judicial. La certificación sólo puede realizarse después de que la confirmación se haya leído en voz alta en el tribunal y la acusación y la defensa presenten brevemente las pruebas y lo contrainterroguen. Para las pruebas a las que la acusación y la defensa tienen objeciones durante el proceso de presentación de pruebas, se debe permitir que la parte contraria proporcione explicaciones relevantes para las objeciones. Para las objeciones a las calificaciones de las pruebas, se debe permitir que las partes relevantes presenten materiales de prueba relacionados con. refutación de las objeciones.

Después de eso, la persona que preside la conferencia previa al juicio también debe escuchar las opiniones de la parte que presenta objeciones a las pruebas y preguntarles si todavía tienen objeciones a las pruebas en disputa. la persona que preside la conferencia previa al juicio debe constar en la transcripción de la reunión previa al juicio, pero no puede certificarse en la conferencia previa al juicio. Solo puede certificarse después de la investigación judicial, la confirmación en el tribunal y la breve prueba. y contrainterrogatorio tanto por parte de la fiscalía como de la defensa, si las partes relevantes aún tienen objeciones, entonces la presentación de pruebas en la conferencia previa al juicio termina aquí, y la información relevante se registrará en la transcripción de la conferencia previa al juicio, dejándola en manos de la fiscalía y la defensa; ser interrogado completamente sobre cuestiones relevantes durante la investigación judicial. Las conclusiones de certificación no se pueden sacar en la conferencia previa al juicio, ni en la conferencia previa al juicio solicitar que investigadores, tasadores o personas con conocimientos especializados asistan a la reunión para testificar.

Las consecuencias de la exclusión ilegal de pruebas en las reuniones previas al juicio.

Los resultados de la revisión de pruebas ilegales de la conferencia previa al juicio se dividen en tres situaciones:

Primero, las pruebas ilegales que pueden excluirse mediante revisión procesal ya no se presentarán. durante el juicio.

En segundo lugar, determinar la legalidad de la prueba jurídica, presentarla ante el tribunal y servir de base para el juicio.

En tercer lugar, si es imposible determinar si las pruebas son ilegales, la disputa se resumirá después de la revisión procesal, la lista de testigos, investigadores y tasadores que deben estar presentes para excluir pruebas ilegales durante Se determinará el juicio y se determinarán los procedimientos y métodos de prueba. Corresponde a la parte que soporta la carga de la prueba demostrar la legalidad de la prueba. Si no se puede probar, el juez decidirá si la excluye con base en la confesión del acusado ante el tribunal y otras pruebas después de realizar una revisión sustantiva durante el proceso. el juicio.

Cuando la conferencia previa al juicio elimine pruebas ilegales, resultando en una situación en la que las pruebas pueden ser insuficientes, el tribunal, después de revisar el caso, hará materiales complementarios, aceptará el caso de acuerdo con la ley, o no. aceptar el caso según las circunstancias del caso. Los casos en los que se celebran reuniones previas al juicio son generalmente casos que se juzgan según los procedimientos ordinarios y el tiempo de revisión es relativamente largo. Después de la reunión previa al juicio, la fiscalía, el acusado y su defensor pueden complementar rápidamente las pruebas basándose en la exclusión de las pruebas. . Dado que la conferencia previa al juicio no llevó a cabo un juicio sustantivo del caso, no es apropiado hacer una recomendación o decisión para posponer el juicio, es decir, la convocatoria de la conferencia previa al juicio no afectará el desarrollo del juicio según lo programado.