¿Es una infracción que los maestros de jardín de infantes transmitan en vivo las clases de sus hijos en línea?
Si un maestro de jardín de infantes transmite la clase de un niño en vivo en línea sin el consentimiento del tutor del niño, constituirá una infracción. La transmisión en vivo infringirá los derechos de privacidad y retrato del niño. Si se obtiene el consentimiento del tutor del niño durante la transmisión en vivo, no constituirá infracción.
Base jurídica
El artículo 132 de los “Principios Generales del Derecho Civil” estipula que las personas físicas gozan del derecho a la intimidad. Ninguna organización o individuo puede invadir la privacidad de otros espiando, entrometiendo, divulgando, haciendo público, etc.
La privacidad se refiere a la tranquilidad de la vida privada de una persona física y al espacio privado, las actividades privadas y la información privada que una persona física no quiere saber.