La medición posterior de los bienes inmuebles de inversión se convierte del modelo de costo al modelo de valor razonable, lo que implica el tratamiento del impuesto a la renta diferido.
La medición de los bienes inmuebles de inversión se convierte del modelo de costo al modelo de valor razonable, y la base de cálculo del impuesto se determina con base en el costo histórico (la depreciación continuará depreciándose de acuerdo con el costo histórico);
Valor contable: Medido al valor razonable de cierre del período. Es decir:
Base imponible para esta pregunta = costo histórico - depreciación = 3940-468 = 3472
Valor en libros = valor razonable al final del período = 4472
Valor en libros gt; La base fiscal constituye las diferencias temporarias imponibles y se reconocen los pasivos por impuesto a la renta diferido. Generalmente, la base impositiva cambia del costo histórico a la medición del valor razonable, y solo cambia el valor en libros.
El valor razonable de los bienes inmuebles de inversión no se reconoce en la ley tributaria. La ley tributaria solo reconoce el valor en libros, por lo que cuando el valor razonable sea superior al valor en libros, se considerarán activos por impuesto a la renta diferido. generado.
Una vez convertida la contabilidad al modo justo, no se devengará depreciación. En la Segunda Ley Tributaria, también se devengará depreciación para los activos fijos, por lo que surgirán pasivos por impuesto a la renta diferido.
Las entradas de préstamos específicos son las siguientes: