Red de conocimiento informático - Aprendizaje de código fuente - ¿Cuáles son la base de cobro, la tarifa y la fórmula de cálculo para las tarifas de construcción de empresas culturales?

¿Cuáles son la base de cobro, la tarifa y la fórmula de cálculo para las tarifas de construcción de empresas culturales?

Según el "Aviso del Ministerio de Finanzas y la Administración Estatal de Impuestos sobre las cuestiones de política y gestión de recaudación de los derechos de construcción de empresas culturales en el programa piloto de sustitución del impuesto empresarial por el impuesto al valor añadido" (Finanzas e Impuestos [2016] No 25): "C. Unidades que pagan tarifas de construcción de emprendimientos culturales (en adelante) La tarifa a pagar (denominada deudor del pago) calculará el monto a pagar con base en el volumen de ventas facturadas obtenidas por la prestación de servicios de publicidad y una tasa del 3%. La fórmula de cálculo es la siguiente:

El monto a pagar = el volumen de ventas facturadas * 3% La fórmula de cálculo para el monto de la tarifa es la siguiente:

Monto de las tarifas a pagar = facturable. ventas * 3%

Las ventas facturables son todos los precios con impuestos incluidos obtenidos por el deudor por proporcionar servicios de publicidad y el saldo después de deducir los honorarios de publicación de publicidad con impuestos incluidos pagados a otras empresas de publicidad o editores de publicidad es el extra -tarifa de precio.

El deudor del pago deberá obtener una factura especial del impuesto al valor agregado u otros certificados legales y válidos prescritos por la Administración Estatal de Impuestos como prueba de la deducción del precio, de lo contrario no se realizará ninguna deducción.

4. Si es necesario retener honorarios de construcción de emprendimientos culturales, el agente retenedor calculará el monto de la retención de acuerdo con la siguiente fórmula:

El monto a retener. honorarios pagados = precio pagado por servicios de publicidad con impuestos incluidos * tasa impositiva

En segundo lugar, según el "Ministerio de Finanzas y la Administración Estatal de Impuestos sobre las políticas y cuestiones de gestión de recaudación para los honorarios de construcción de empresas culturales en el El programa piloto de sustitución del impuesto empresarial por el impuesto al valor añadido "Aviso complementario" (Caishui [2016] No. 60) estipula que el agente de retención debe calcular el monto de las tarifas que deben retenerse de acuerdo con la siguiente fórmula:

El monto de los honorarios que se deben retener = el precio pagado por servicios de publicidad con impuestos incluidos * Tasa del Impuesto No. 60), el agente retenedor calculará el monto de los honorarios que se deben retener (2016] 2016] No. 60. ) "2. Impuesto a pagar sobre los honorarios por servicios de entretenimiento", calculado por el obligado al pago en función de la facturación de las ventas obtenidas por la prestación de servicios de entretenimiento y un tipo impositivo del 3%. La fórmula de cálculo es la siguiente:

Monto a pagar por servicios de entretenimiento = ventas facturadas de servicios de entretenimiento × 3%

El volumen de ventas facturadas de servicios de entretenimiento será el precio total, con impuestos incluidos, obtenido por el deudor del pago por la prestación de servicios de entretenimiento, y el impuesto- El precio incluido obtenido por el deudor del pago será el precio total con impuestos incluidos obtenido por el deudor del pago por la prestación de servicios de entretenimiento. Todos los precios con impuestos incluidos y los servicios con precios adicionales".