El conocimiento del derecho penal en el sentido común jurídico: el delito
(1) Concepto y características del delito
El delito es un fenómeno social y político en la sociedad de clases. En términos generales, el delito se refiere al comportamiento que la clase dominante estipula mediante leyes y prohíbe con penas porque perjudica sus intereses económicos y el orden gobernante. La legislación penal de nuestro país ofrece una síntesis científica del concepto de delito. El artículo 13 del Código Penal estipula: “Todo lo que ponga en peligro la soberanía nacional, la integridad territorial y la seguridad, divida el país, destruya la dictadura democrática popular y el sistema socialista, perturbe el orden social y económico e infrinja la propiedad estatal o colectiva. propiedad de los trabajadores, la infracción de la propiedad privada de los ciudadanos, la infracción de los derechos personales de los ciudadanos, los derechos democráticos y otros derechos, así como otros comportamientos que son perjudiciales para la sociedad, son todos delitos que deben ser castigados según la ley. "Éste es el límite entre delitos y no delitos. Base jurídica.
El delito tiene las siguientes características: daño social grave; ilegalidad criminal merecedora de castigo;
(2) Composición penal
La composición penal se refiere a todo lo necesario para constituir un delito según lo estipulado en la legislación penal de mi país, la cual determina el daño social y el grado de una determinada conducta. suma de elementos objetivos y subjetivos. La tipificación de cualquier delito debe cumplir cuatro condiciones al mismo tiempo, a saber, el objeto del delito, el aspecto objetivo del delito, el sujeto del delito y el aspecto subjetivo del delito.
1. Objeto del delito
El objeto del delito se refiere a las relaciones sociales socialistas protegidas por la legislación penal de mi país y violadas mediante actos delictivos.
La teoría del derecho penal de mi país divide los objetos delictivos en objetos generales, objetos similares y objetos directos.
2. El aspecto objetivo del delito
El aspecto objetivo del delito se refiere a la manifestación externa de las actividades delictivas, que es la conducta delictiva y el daño causado por esta conducta. Incluyendo comportamiento dañino, resultados dañinos y el momento, lugar y método del delito. La conducta nociva es un elemento esencial para la constitución de todos los delitos, y los resultados nocivos son un elemento esencial para la constitución de la mayoría de los delitos; el tiempo, el lugar y el método del delito son las condiciones para la constitución de algunos delitos.
3. Sujeto delictivo
El sujeto delictivo se refiere a la persona y unidad que comete actos que ponen en peligro a la sociedad y debe asumir responsabilidad penal según la ley. Como sujeto penal, la persona natural debe alcanzar:
(1) Mayor edad de responsabilidad penal
(2) Tener capacidad para ser penalmente responsable
<; p> (3) Realizar daño El comportamiento social viola la ley penal. La edad de responsabilidad y la capacidad para asumir responsabilidades son condiciones necesarias para que una persona física se convierta en sujeto delictivo.La edad de responsabilidad penal está estipulada en la legislación penal y es la edad que debe alcanzar un actor para asumir responsabilidad penal por su conducta delictiva. El "Derecho Penal" de mi país estipula:
(1) Una persona que haya cumplido 16 años tendrá responsabilidad penal por la comisión de un delito.
(2) El que sea mayor de 14 años pero menor de 16 y cometa el delito de homicidio doloso, lesión dolosa con resultado de lesión grave o muerte, violación, robo, tráfico de drogas, incendio provocado, explosión o el envenenamiento será castigado y tendrá responsabilidad penal.
(3) Si una persona mayor de 14 años pero menor de 18 comete un delito, se le impondrá una pena más leve o reducida. Si una persona no está sujeta a sanción penal por ser menor de 16 años, se ordenará a sus padres o tutores que la apliquen disciplinariamente y, cuando sea necesario, el gobierno podrá ponerla bajo custodia.
La capacidad de responsabilidad penal se refiere a la capacidad del actor para identificar y controlar su propia conducta en el sentido del derecho penal. El actor debe tener esta capacidad para convertirse en sujeto delictivo. La legislación penal de nuestro país estipula que si una persona con enfermedad mental causa consecuencias que ponen en peligro a la sociedad cuando no es capaz de identificar y controlar su propio comportamiento, no será considerado penalmente responsable después de los procedimientos legales. Si un enfermo mental que no ha perdido completamente la capacidad de identificarse y controlarse comete un delito, incurrirá en responsabilidad penal, pero podrá recibir una pena más leve o reducida.
4. El aspecto subjetivo del delito
El aspecto subjetivo del delito se refiere a la actitud psicológica del sujeto delincuente hacia el delito que cometió y las consecuencias dañinas que de esta actitud psicológica se compone. de culpa, Consta de factores subjetivos como la finalidad delictiva y el motivo delictivo.
La culpa es la actitud mental intencional o negligente del actor hacia su propio comportamiento y sus consecuencias dañinas.
(1) Intención delictiva
En el derecho penal de nuestro país, la intención delictiva significa que el actor sabe que su conducta tendrá consecuencias nocivas para la sociedad, y espera o permite tales consecuencias. que ocurra, constituyendo así actitudes mentales criminales. Según diferentes factores de cognición y voluntad, la intención criminal se puede dividir en dos formas: intención directa e intención indirecta.
(2) Negligencia penal
Según lo dispuesto en la legislación penal de nuestro país, negligencia penal significa que el autor debería haber previsto que su conducta podría tener consecuencias perjudiciales para la sociedad, pero no pudo preverlo por negligencia, o La actitud psicológica de haber previsto y creer crédulamente que algo se puede evitar, lo que lleva a consecuencias perjudiciales. Según si el autor previó las posibles consecuencias perjudiciales, la negligencia penal se divide en negligencia y exceso de confianza.
(3) Accidentes
Si la conducta causa daño objetivamente, pero subjetivamente no es intencional o negligente, sino por fuerza mayor o causas imprevisibles, provocadas por los llamados accidentes. no constituye un delito.
La finalidad delictiva se refiere al estado psicológico del sujeto delictivo que espera conseguir un determinado resultado mediante la comisión de un acto delictivo.
(3) Defensa legítima y evitación de emergencias
1. Defensa legítima
La defensa legítima se refiere a los intereses del país, del público, de uno mismo o de los demás. La persona, la propiedad y otros derechos de la persona, la propiedad y otros derechos están protegidos contra infracciones ilegales en curso y se toman medidas para detener la infracción ilegal. No será penalmente responsable quien, por legítima defensa, cause daño a un intruso.
2. Evacuación de emergencia
La evacuación de emergencia se refiere a proteger los intereses del país, el público, los derechos personales, la propiedad y otros derechos legales de uno mismo o de otros contra peligros continuos e inevitables. comportamiento que daña derechos e intereses legítimos menores con el fin de proteger derechos e intereses legítimos más amplios.
Si el comportamiento de cobertura excede el límite necesario y causa pérdidas indebidas, constituye una cobertura excesiva. En caso de cobertura excesiva, la sanción se reducirá o eximirá según corresponda.
(4) Preparación, tentativa y suspensión del delito
La preparación, tentativa y suspensión del delito, así como la consumación del delito, son varias formas diferentes que pueden aparecer en el desarrollo del delito doloso. comportamiento. . El proceso de delito intencional es el proceso de desarrollo de subjetivo a objetivo del perpetrador. En este proceso, existen formas delictivas que se detienen por diversas razones subjetivas y objetivas, incluida la preparación, la tentativa y la suspensión del delito.
1. Preparación para el delito
La preparación para el delito se refiere a la situación en la que se preparan herramientas y condiciones para un delito, pero el delito no se comete por razones ajenas a la voluntad de el perpetrador.
El derecho penal estipula que los delincuentes que estén dispuestos a cometer un delito pueden recibir una pena más leve, una pena reducida o quedar exentos de pena en comparación con aquellos que han cometido un delito.
2. Tentativa de delito
Se considera tentativa de delito un delito que ya ha sido cometido pero que no logra prosperar por causas ajenas a la voluntad del delincuente.
La legislación penal estipula que para los delincuentes en tentativa, la pena puede ser más leve o reducida en comparación con los delincuentes consumados.
3. Cese del delito
El cese del delito es el acto de renunciar automáticamente al delito o prevenir automática y eficazmente las consecuencias del delito durante el proceso del delito.
El Código Penal establece que si el delito cesa y no se causa daño, se eximirá de la pena; si se causa daño, se reducirá la pena;
(5) Mismo delito
Mismo delito se refiere a dos o más personas que cometen el mismo delito intencional. Si dos o más personas cometen un delito con la misma negligencia, no serán castigadas como si hubieran cometido un delito juntas.
Las características básicas de un mismo delito: (1) Dos o más personas cometen el mismo delito; (2) Cometen el mismo hecho delictivo de forma deliberada;
(6) Delito unitario
1. El concepto de delito unitario
El artículo 30 de la "Ley Penal" de mi país estipula: "Empresas, empresas, instituciones , agencias Si un grupo comete un acto que pone en peligro a la sociedad y la ley estipula que la unidad comete un delito, tendrá responsabilidad penal ”
2. Castigo por delitos de unidad
Nuestro. El derecho penal del país adopta el método de castigar los delitos unitarios. El principio de "dos penas". El principio del llamado "sistema de dos castigos" significa que por delitos de unidad, tanto la unidad como el supervisor directamente responsable de la unidad y otro personal directamente responsable serán castigados.