Red de conocimiento informático - Conocimiento sistemático - Capítulo 3 de las Medidas para el Registro de la Gestión de Derechos de Uso del Área Marítima y la Consulta de Información de Registro

Capítulo 3 de las Medidas para el Registro de la Gestión de Derechos de Uso del Área Marítima y la Consulta de Información de Registro

La información generada durante el proceso de registro, incluido el registro de derechos de uso del área marítima y la información de registro original (en adelante, la información de registro), se conservará permanentemente.

El registro de derechos de uso de áreas marítimas consta de un formulario de registro de derechos de uso de áreas marítimas, el cual está ordenado por orden de números de registro de derechos de uso de áreas marítimas, con copias correctas y duplicadas, y se forma un volumen cada año. Los datos de registro de derechos de uso de áreas marítimas estarán sujetos a gestión territorial.

Los departamentos administrativos marinos de los municipios directamente dependientes del gobierno central y las ciudades distritales son responsables de la gestión de la información de registro dentro del área marítima, y ​​los departamentos administrativos marinos de los condados (ciudades) son responsables de la gestión de información de registro dentro del área marítima.

El departamento administrativo oceánico nacional es responsable de transferir copias del formulario de registro de derechos de uso del área marítima al departamento administrativo oceánico provincial mensualmente; los departamentos administrativos oceánicos provinciales y de las regiones autónomas transferirán copias del mar; Los formularios de registro de derechos de uso del área marítima se entregarán mensualmente al departamento administrativo marítimo de la ciudad o condado (ciudad) del distrito. Las unidades y los individuos (en adelante, buscadores) pueden buscar en el registro de derechos de uso del área marítima

Los titulares de derechos de uso del área marítima u otros titulares de derechos pueden buscar por sí mismos la información de registro original dentro del alcance de sus derechos de área marítima o por encomienda.

Los órganos de seguridad nacional, los órganos de seguridad pública, los órganos de la fiscalía y los órganos judiciales pueden solicitar información sobre la información de registro original relacionada con el caso.

Si la información consultada involucra secretos de estado, se realizará de conformidad con las leyes y reglamentos estatales sobre confidencialidad. Para solicitar información sobre el registro, se debe completar un formulario de solicitud de consulta y enviar los certificados de identidad pertinentes.

Al solicitar información sobre el registro original, también se debe presentar el certificado de derechos del titular del derecho del área marítima y el documento que acredite el consentimiento del titular del derecho a la investigación. Los organismos de seguridad nacional, los organismos de seguridad pública, los organismos de inspección y los organismos judiciales deberán presentar certificados de unidad y certificados de identidad personal. Si se cumplen las condiciones prescritas, la autoridad de registro realizará una investigación sobre el terreno; si la investigación no puede realizarse en el lugar, la investigación se realizará en un plazo de cinco días;

No se permitirá la consulta bajo ninguna de las siguientes circunstancias:

(1) El área marítima solicitada para la consulta no está dentro de esta área de registro

(2 ) No se ha presentado ninguna solicitud válida. Certificados de identidad y certificados de derechos

(3) El contenido de la consulta de solicitud excede el alcance de la investigación estipulado en estas medidas

(4) La consulta es no permitido según las leyes y regulaciones. El solicitante podrá extraer o copiar la información de registro correspondiente y los gastos incurridos correrán a cargo del solicitante.