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Reglamento provisional sobre peticiones y convocatorias de la provincia de Jiangsu

Capítulo 1 Disposiciones generales El artículo 1 es manejar correctamente las cartas y visitas de ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones, proteger eficazmente sus derechos e intereses legítimos, desarrollar aún más la democracia socialista, mejorar el sistema legal socialista y estrechamente monitorear las agencias estatales y su trabajo. Estas regulaciones se formulan de acuerdo con la "Constitución de la República Popular China" y las leyes y regulaciones pertinentes, y a la luz de la situación real de la provincia. Artículo 2 El término "peticiones" mencionado en este Reglamento se refiere a las formas en que los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones pueden expresar sus deseos y demandas a los órganos y funcionarios estatales a través de cartas, telegramas, llamadas telefónicas o entrevistas, formular críticas y sugerencias, y responder a violaciones de disciplinas y leyes. Presentar una queja, denuncia o denuncia. Artículo 3 Las peticiones presentadas por ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones de conformidad con la ley estarán protegidas por la ley.

Las actividades de petición deben cumplir con las disposiciones de la Constitución, las leyes, los reglamentos y las políticas nacionales, y no deben dañar los intereses nacionales, sociales y colectivos ni los derechos e intereses legítimos de otros ciudadanos. Artículo 4: La aceptación de cartas y llamadas es deber de los organismos estatales de todos los niveles y de sus responsables. Las agencias estatales en todos los niveles deben manejar las cuestiones de las peticiones de manera práctica y realista de acuerdo con las leyes, regulaciones y políticas. Artículo 5: En el trabajo de cartas y convocatorias se seguirá el principio de “responsabilidad nivelada y tratamiento centralizado”. Artículo 6 Las agencias estatales en todos los niveles deben fortalecer el liderazgo sobre el trabajo de peticiones y designar una persona a cargo del trabajo de peticiones. Para peticiones importantes, la persona a cargo debe realizar una investigación y manejarlas personalmente.

Las agencias estatales de todos los niveles deben establecer y mejorar el sistema de cartas y llamadas. Capítulo 2 Organizaciones y responsabilidades Artículo 7 Los órganos estatales de todos los niveles establecerán departamentos para el manejo de cartas y llamadas o los equiparán con personal a tiempo completo o parcial para manejar específicamente cartas y llamadas.

Los órganos estatales en todos los niveles deben seleccionar personal que sea políticamente firme, íntegro, honesto y dedicado al servicio público, conectado con el pueblo y que posea ciertos estándares legales, políticos y culturales para participar en el trabajo de petición.

Las agencias estatales en todos los niveles deben proporcionar las condiciones necesarias para el trabajo de peticiones. Artículo 8 La agencia de trabajo de peticiones de una agencia estatal es una agencia especializada que maneja peticiones en nombre de una agencia estatal. Sus responsabilidades son:

(1) Aceptar peticiones en nombre de una agencia estatal;

(2) Llevar a cabo casos de denuncia asignados o transferidos por autoridades superiores y sus personas responsables;

(3) Casos de petición relevantes asignados o transferidos a autoridades inferiores;

(4 ) Orientación, supervisión e inspección Las quejas y peticiones funcionan en esta región y sistema;

(5) Coordinar y manejar problemas de peticiones entre regiones, departamentos y unidades;

(6) Directamente investigar y manejar casos de peticiones importantes;

(7) Estudiar exhaustivamente la situación de las cartas y llamadas, y proporcionar información a las agencias líderes de manera oportuna;

(8) Proporcionar información legal relevante y consulta de políticas a quienes escriben cartas y visitas. Capítulo 3 Alcance de la aceptación Artículo 9 Los congresos populares locales en todos los niveles y sus comités permanentes aceptan las siguientes cartas y convocatorias:

(1) Respecto a las resoluciones, decisiones y promulgaciones de los congresos populares locales al mismo nivel y sus comités permanentes Sugerencias, críticas y opiniones sobre leyes y regulaciones sexuales;

(2) Sugerencias, críticas y opiniones sobre el trabajo del congreso popular del mismo nivel y su comité permanente;

(3) Sugerencias, críticas y opiniones sobre los representantes del pueblo al mismo nivel. Denuncias, denuncias y acusaciones de ilegalidad y negligencia por parte de funcionarios estatales elegidos y designados por el Congreso y su Comisión Permanente;

(4) Sugerencias, críticas y opiniones sobre los diputados del Congreso Popular del mismo nivel y miembros del Comité Permanente

(5) Quejas y opiniones sobre el trabajo del gobierno popular, el tribunal popular; y la fiscalía popular del mismo nivel;

(6) Comentarios inapropiados sobre el congreso popular del siguiente nivel y su comité permanente Sugerencias, críticas y opiniones sobre resoluciones, decisiones y regulaciones locales;

(7) Otras cartas y llamamientos que deben ser aceptados por los congresos populares de todos los niveles y sus comités permanentes.

Artículo 10 Los gobiernos populares locales de todos los niveles aceptan las siguientes cartas y llamamientos:

(1) Sugerencias, críticas y opiniones sobre economía, educación, ciencia, cultura, salud, asuntos civiles, seguridad social y otros trabajos. dentro de su jurisdicción;

(2) Sugerencias, críticas y opiniones sobre los reglamentos, decisiones y órdenes del gobierno popular del mismo nivel o de nivel inferior (3) Al personal del gobierno popular; del mismo nivel y sus departamentos subordinados o del nivel inferior Denuncias, denuncias y denuncias de ilegalidad y negligencia por parte de responsables del gobierno popular;

(4) Denuncias contra actuaciones administrativas específicas realizadas por el gobierno popular en el mismo nivel y sus departamentos subordinados o el gobierno popular en el nivel inferior;

(5) Solicitudes de demandas legales y legítimas que deben resolverse en el ámbito del gobierno popular al mismo nivel. nivel;

(6) Otras cartas y llamamientos que el gobierno popular local en todos los niveles debe aceptar. Artículo 11 Los tribunales populares locales de todos los niveles aceptan las siguientes cartas y convocatorias:

(1) Sentencias y fallos en casos penales, civiles, económicos y administrativos que hayan adquirido fuerza legal por el tribunal popular del mismo nivel. o el tribunal popular del siguiente nivel, mediar y decidir sobre las apelaciones que no sean aceptadas;

(2) Los procesamientos presentados ante los tribunales populares de base y otros casos penales de procesamiento privado que no requieren investigación;

(3) Al pueblo del mismo nivel Sugerencias, críticas y opiniones sobre el trabajo del tribunal;

(4) Denunciar, exponer y acusar al personal del tribunal popular en del mismo nivel o la persona a cargo del tribunal popular del siguiente nivel por su ilegalidad y negligencia en el cumplimiento del deber;

(5) Otras cartas y llamadas que deben ser aceptadas por el Tribunal Popular de acuerdo con la ley. Artículo 12 Las Fiscalías Populares Locales de todos los niveles aceptan las siguientes cartas y convocatorias:

(1) Apelaciones que no estén satisfechas con la decisión de la Fiscalía Popular del mismo nivel o la decisión de la Fiscalía Popular del siguiente nivel;

(2) Denuncias o informes sobre causas penales que de acuerdo a la ley deban ser investigadas por la Fiscalía Popular;

(3) Sentencias y fallos en materia penal, civil, económica y casos administrativos que hayan adquirido eficacia jurídica por el Tribunal Popular, la mediación y los recursos contra decisiones;

(4) Sugerencias, críticas y opiniones sobre el trabajo de la Fiscalía Popular al mismo nivel;

(5) Comentarios sobre el personal de la Fiscalía Popular del mismo nivel o del siguiente nivel Denunciar, exponer y acusar a los responsables de la Fiscalía Popular por su ilegalidad y negligencia en el cumplimiento de sus deberes;

(6) Otras cartas y convocatorias que deba aceptar la Fiscalía Popular conforme a la ley.