Red de conocimiento informático - Conocimiento sistemático - Reglamento sobre cartas y llamadas de la provincia de Jiangsu (2006)

Reglamento sobre cartas y llamadas de la provincia de Jiangsu (2006)

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de proteger los derechos e intereses legítimos de los peticionarios, regular el trabajo y el comportamiento de los peticionarios, mantener el orden de las peticiones, estrechar los vínculos entre las agencias estatales y el pueblo, y construir una sociedad armoniosa, de conformidad con la Constitución, las leyes pertinentes y los reglamentos administrativos, en conjunto con Este reglamento se formula con base en las condiciones reales de esta provincia. Artículo 2 El término "peticiones" mencionado en este reglamento se refiere a las actividades realizadas por ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones en forma de cartas, correos electrónicos, faxes, llamadas telefónicas, visitas, etc. , informar la situación a los organismos estatales de todos los niveles y formular sugerencias, opiniones o quejas, las cuales serán atendidas por los organismos estatales pertinentes de conformidad con la ley.

El término "cartas y visitantes" mencionado en este reglamento se refiere a los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que informan de la situación y formulan sugerencias, opiniones o quejas en la forma especificada en el párrafo anterior.

Las “agencias estatales de todos los niveles” mencionadas en este reglamento se refieren a las agencias del poder estatal local, agencias administrativas, agencias judiciales y agencias de fiscalía de todos los niveles de la provincia. Artículo 3 Los organismos estatales de todos los niveles deben tomar decisiones científicas y democráticas, desempeñar sus funciones de conformidad con la ley y prevenir conflictos y disputas que den lugar a peticiones desde la fuente.

Las agencias estatales en todos los niveles deben establecer, mejorar y hacer público el sistema de cartas y llamadas, abrir canales para cartas y llamadas y facilitar que los peticionarios planteen asuntos relacionados con cartas y llamadas. Artículo 4 El Comité Permanente del Congreso Popular a nivel de condado o superior, el Gobierno Popular, el Tribunal Popular y la Fiscalía Popular de esta provincia establecerán una agencia de petición.

Los departamentos de trabajo de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior, los gobiernos populares de municipio (pueblo) y las oficinas de subdistrito determinarán las instituciones o el personal responsable del trabajo de petición de acuerdo con los principios de ser propicio para el trabajo y conveniente para los peticionarios.

Las oficinas de peticiones de las agencias estatales de todos los niveles son agencias especializadas que manejan asuntos de peticiones en nombre de las agencias estatales de todos los niveles. Sus principales responsabilidades son:

(1) Aceptar, remitir. y asignar quejas presentadas por los peticionarios Cartas y visitas;

(2) Asumir el manejo de cartas y visitas de superiores y agencias del mismo nivel;

(3) Coordinar y supervisar importantes cartas y visitas;

(IV) ) Investigar y analizar integralmente la situación de la petición, y brindar información, opiniones y sugerencias oportunas a las principales autoridades;

(5) Orientar, supervisar, e inspeccionar el trabajo de petición en esta región y sistema;

( 6) Proporcionar consultas legales, regulatorias y políticas relevantes a los reclamantes;

(7) Otras obligaciones estipuladas en las leyes y regulaciones. Artículo 5 Las denuncias y visitas deben seguir los siguientes principios:

(1) Actuar de conformidad con la constitución, leyes, reglamentos, normas y políticas;

(2) Gestión territorial, jerárquica responsabilidad, quién está a cargo, quién es responsable;

(3) Conveniencia para los denunciantes y enfoque en la eficiencia del trabajo;

(4) Buscar la verdad a partir de los hechos, enfatizando la evidencia y la investigación;

(5) Manejo Combinación de problemas prácticos con educación orientadora. Artículo 6 Los organismos estatales de todos los niveles procesarán las cartas y llamadas de conformidad con la ley, de manera oportuna y en el lugar, y las utilizarán como una base importante para evaluar la eficiencia del trabajo de la unidad y evaluar el desempeño del personal.

El responsable de la agencia estatal deberá leer y aprobar cartas importantes, recibir visitas importantes y escuchar informes sobre cartas y visitas. Investigar y resolver problemas destacados en el trabajo de peticiones. El desempeño de las funciones de petición por parte de los jefes de agencias estatales debe incluirse como una parte importante de su evaluación de desempeño. Artículo 7 Las agencias estatales de todos los niveles incorporarán los fondos especiales necesarios para el trabajo de petición a los fondos administrativos y proporcionarán garantías financieras.

Las agencias estatales en todos los niveles deben establecer un mecanismo de capacitación e intercambio para los trabajadores de peticiones, mejorar la calidad y el nivel de trabajo de los trabajadores de peticiones y proporcionar lugares de trabajo y otras condiciones laborales necesarias para las agencias de peticiones y su personal. Artículo 8 Los peticionarios tienen derecho a plantear asuntos de petición de conformidad con la ley y disfrutan de los siguientes derechos en las actividades de petición:

(1) Comprender el sistema de peticiones y los procedimientos de manejo de peticiones;

(2) Requisitos que el personal de quejas brinde servicios de consultoría legal, regulatoria y de políticas relacionados con los asuntos de la petición;

(3) Solicite la evitación del personal de la petición que tenga un interés directo en los asuntos de la petición;

(4) ) Indagar sobre el avance y resultados del manejo de cartas y visitas relacionadas con la agencia que las recibe y maneja, y obtener respuesta;

(5) Solicitar revisión, reexamen o audiencia de conformidad con la ley.

Las actividades de petición realizadas por los peticionarios de conformidad con la ley están protegidas por la ley y ninguna organización o individuo puede tomar represalias.

Las peticiones deben realizarse de manera ordenada y conforme a la ley y no deben perjudicar los intereses del país, de la sociedad, de los colectivos ni los derechos e intereses legítimos de otros ciudadanos, ni perturbar el orden social. Artículo 9 Si la situación denunciada por el peticionario y las sugerencias y opiniones expresadas han contribuido al desarrollo de la economía y la sociedad nacionales, al mejoramiento del trabajo de los organismos estatales y al mantenimiento de los intereses sociales y públicos, los organismos estatales pertinentes o unidades los elogiarán y recompensarán.

Las agencias estatales relevantes elogiarán y recompensarán a las unidades o individuos que hayan logrado logros sobresalientes en el trabajo de petición. Capítulo 2 Alcance y canales de aceptación Artículo 10 Los congresos populares locales en todos los niveles y sus comités permanentes aceptan los siguientes asuntos de petición:

(1) Respecto a las resoluciones, decisiones y resoluciones aprobadas por los congresos populares en el mismo nivel y sus comités permanentes Sugerencias y opiniones sobre regulaciones locales formuladas y aprobadas;

(2) Sugerencias y opiniones sobre el trabajo del congreso popular del mismo nivel y su comité permanente;

(3) Denuncias y acusaciones Violaciones de la disciplina y de la ley por parte de personas elegidas y nombradas por el Congreso Popular del mismo nivel y su Comité Permanente, así como por el personal del Comité Permanente;

(4 ) Sugerencias y opiniones sobre el desempeño de funciones representativas de los diputados al Congreso Popular del mismo nivel;

p>

(5) Quejas y opiniones sobre el trabajo del gobierno popular, el tribunal popular y fiscalía popular del mismo nivel;

(6) Resoluciones y decisiones inapropiadas sobre el congreso popular del siguiente nivel y su comité permanente Sugerencias y opiniones sobre decisiones;

(7) Otros asuntos de petición que deben ser aceptados por el Congreso Popular y su Comité Permanente de conformidad con la ley.