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¿Es legal registrar marcas maliciosas según la ley?

¿Es legal la okupación maliciosa de marcas? Ilegal; En cuanto al "registro malicioso de marcas", el artículo 32 de la Ley de Marcas estipula: "No se utilizarán medios desleales para registrar de forma preventiva una marca que ya sea utilizada por otros y que tenga cierta influencia". Por lo tanto, "registro malicioso" se refiere al comportamiento del solicitante de utilizar métodos irrazonables o ilegales para solicitar a la Oficina de Marcas el registro de una marca que ha sido utilizada por otros pero que aún no ha sido registrada. Desde la perspectiva de la gestión de nombres de dominio, cada agencia de gestión de nombres de dominio de alto nivel adopta diferentes políticas sobre la gestión de nombres de dominio, por lo que tiene diferentes definiciones de okupación maliciosa de nombres de dominio y adopta diferentes soluciones para las disputas de nombres de dominio. Desde una perspectiva legal, los países donde se encuentra cada agencia de gestión de nombres de dominio de alto nivel adoptan diferentes leyes o políticas para abordar los casos de usurpación de nombres de dominio maliciosos. La usurpación maliciosa de nombres de dominio es un acto ilegal. ¿Cómo determinar el registro malicioso? El llamado "registro malicioso" es sólo un nombre popular entre las personas. Según lo dispuesto actualmente en el artículo 31 de la Ley de Marcas, "no se deben utilizar medios desleales para registrar de forma preventiva una marca que haya sido registrada". utilizado por otros y tiene cierta influencia." ". Por lo tanto, "registro malicioso" significa que el solicitante utiliza métodos irrazonables o ilegales para solicitar a la Oficina de Marcas el registro de una marca que ha sido utilizada por otros pero que aún no ha sido registrada. Los elementos que constituyen "registro malicioso" son los siguientes: (1) El solicitante busca beneficios injustos, que es un elemento subjetivo. El solicitante solicita una marca que ha sido utilizada por otros como propia. El comportamiento en sí ya se ha apropiado indebidamente de los frutos del trabajo de otros. Si el registro tiene éxito, equivale a robar de manera legal. Lo que es aún más grave es que una vez que el registro sea exitoso, el solicitante del "ocupante ilegal malicioso" utilizará su derecho a ocupar la marca registrada para prohibir a otros usar la marca que originalmente le pertenecía o usará su derecho a disponer de la marca registrada. . Transferir o licenciar el uso de la marca a un precio elevado. Si no se pueden alcanzar estos fines, se interpondrá o denunciará una demanda por infracción ante la administración industrial y comercial y se solicitará una indemnización. La cuestión práctica es: ¿cómo determinar el establecimiento de este requisito subjetivo? Nos resulta imposible penetrar profundamente en el mundo interior del solicitante para comprender si su deseo subjetivo responde a intereses impropios. Sólo podemos analizar su esencia a través de los fenómenos. ¿Qué fenómenos se pueden analizar? Uno es ver si lo usa él mismo después del registro exitoso, es decir, si lo usa en sus propios productos, si este producto es igual o similar al producto de la segunda persona en cuclillas; es una respuesta al producto de la persona okupa. Transferir o licenciar el uso de la marca a un tercero, ya sea para acusar directamente a la persona de infracción y presentar un reclamo de compensación. A través del análisis de estos aspectos, si el solicitante "okupante" registra una marca no principalmente para su propio uso, o incluso no posee un producto, y luego lo transfiere a un precio elevado o solicita una compensación a la persona que fue okupa , podemos determinar con precisión su propósito subjetivo, solo para buscar beneficios indebidos. (2) El solicitante ha adoptado medios injustos. Este es el elemento de comportamiento. Medios injustos significa que el solicitante de registro de marca ha completado de manera falsa la solicitud de registro de marca y los materiales relacionados proporcionados de manera irrazonable o ilegal, pero para la Marca. Oficina de la Administración Estatal de Industria y Comercio, es imposible revisar la autenticidad de la solicitud y los materiales relacionados. Por lo tanto, la determinación de medios desleales sólo puede realizarse durante el procedimiento de oposición o en el procedimiento posterior en el que la persona registrada solicita la cancelación de la marca, y la persona que ha sido registrada sólo puede aportar pruebas que demuestren que el solicitante ha utilizado medios desleales. medio. ¿Qué son los medios desleales? 1. El solicitante se aprovecha de la relación con los demás. Las pequeñas y medianas empresas son las que tienen más probabilidades de ser el objetivo. Porque cuando las pequeñas y medianas empresas lanzan sus productos al mercado, a menudo no registran primero las marcas y luego lanzan los productos, sino que las registran sólo después de que sus productos hayan tenido un cierto impacto. 2. Aprovechar la experiencia de haber trabajado con otros. Como colaboradores, son más conscientes del uso de la marca de la persona ocupada. Algunos registraron en secreto la marca del colaborador como propia durante el período de cooperación, mientras que otros transfirieron la marca del colaborador primero después de que finalizó el registro de la marca. 3. Otras personas en la misma área que conocen la historia interna. Aproveche sus diferentes condiciones y sus propias ventajas, como gerentes, asesores legales, reporteros, agentes de marcas, etc., para conocer el uso de la marca por parte del operador durante entrevistas de noticias o trabajos de gestión, y para prever la okupación Regístrese primero para beneficiarse de la beneficios que aporta la marca.

La diferencia más común entre los métodos injustos mencionados anteriormente es que plagian marcas comerciales de otros que han sido utilizadas pero que aún no han solicitado su registro en el futuro. No condensan su propia sabiduría y creatividad en las marcas que solicitan registro. Básicamente, utilizan medios legales para encubrir la naturaleza ilegal o irrazonable como medio de engaño, violando el principio de "buena fe". (3) El registro exitoso, que es un requisito objetivo o fáctico, sólo el registro exitoso conducirá eventualmente a un "registro malicioso". Si durante el procedimiento de oposición, la persona que ha sido registrada mediante okupación descubre que su marca ha sido solicitada por otra persona, puede presentar una objeción, lo que resultará en un registro fallido. Por supuesto, no existe un "registro malicioso". De hecho, en la práctica, un gran número de operadores no saben que otros han solicitado el registro de su marca. Aunque hay un período de anuncio de tres meses en el procedimiento, no todos los operadores pueden ver este anuncio a tiempo y. a menudo no es hasta que el ocupante ilegal se registra con éxito, que la persona que fue registrada sabrá que la marca que originalmente le pertenecía ha sido registrada por otra persona. Para establecer este requisito se deben considerar al menos los siguientes factores: 1. Si la marca registrada es una marca con cierta influencia. Normalmente nadie se apresurará a registrar una marca que no tiene ningún impacto. “Tener cierta influencia” se refiere a una marca distintiva reconocida por un determinado grupo de personas en una determinada región. De hecho, una vez que los bienes o servicios se comercializan, debido al papel de la publicidad y al proceso de transacciones, la influencia de las marcas ha comenzado a ocurrir en la mente del público, y su influencia ha alcanzado un "cierto" nivel. , como un determinado ámbito geográfico y un determinado grupo de personas. ¿Cómo determinar "tiene un cierto impacto"? El autor cree que se puede realizar una inspección exhaustiva desde los aspectos de la publicidad del producto, las ventas del producto, la cuota de mercado, la conciencia del consumidor y la radiación geográfica. 2. Si se trata de una marca que ha sido utilizada y se encuentra en uso actualmente. Una marca que ha sido okupada debe considerarse como una marca que ha sido utilizada y está siendo utilizada por la persona que ha sido okupada, es decir, se enfatiza el uso continuo de la marca si la marca que ha sido utilizada por la persona. Quien ha estado en cuclillas deja de usarlo a mitad de camino y otra persona solicita el registro, no se considerará "en cuclillas". Una forma sencilla de medir si una marca se utiliza continuamente es ver si sus productos se comercializan continuamente. Por supuesto, si el uso de la marca es posterior al registro por parte del ocupante ilegal, no hay problema de registro preventivo. Este momento se basará en la fecha en que el solicitante presente la solicitud ante la Oficina de Marcas. Según lo dicho anteriormente, la okupación maliciosa es un comportamiento muy poco ético. Si alguien descubre los derechos de la marca, entonces la persona que arrebató la marca debe asumir todas las responsabilidades legales y debe compensar a las partes por todas las pérdidas, registrando de forma preventiva la marca. causar grandes pérdidas a una marca, por lo que mantener sus productos de manera oportuna es su principal responsabilidad.