Red de conocimiento informático - Conocimiento sistemático - ¿Se pueden entender como exentas de inspección las mercancías que no están sujetas a inspección reglamentaria por parte de la aduana?

¿Se pueden entender como exentas de inspección las mercancías que no están sujetas a inspección reglamentaria por parte de la aduana?

Los bienes que no están sujetos a la inspección legal de mercancías no están exentos de inspección. Corresponde al importador y al exportador decidir si se someten a una inspección de los productos.

Si el importador no realiza una inspección de los productos importados, los clientes nacionales aún pueden solicitarles que emitan un informe de inspección del departamento correspondiente. Esto no entra en conflicto con si la aduana ha realizado una inspección de productos no reglamentaria.