No existe subsidio de maternidad para el personal de empleo flexible
Los gastos médicos de los niños incluyen lo siguiente:
(1) Gastos médicos del parto. Esto incluye gastos de examen prenatal, interrupción del embarazo (incluida la interrupción del embarazo ectópico) y gastos de cumplimiento de las normas nacionales y provinciales durante el parto hospitalario, así como gastos de diagnóstico y tratamiento de complicaciones del embarazo durante la hospitalización por interrupción del embarazo y parto. .
(2) Gastos médicos de planificación familiar. Incluyendo los gastos médicos incurridos por la inserción o extracción de un dispositivo intrauterino, la realización de cirugía de ligadura o recanalización de trompas o conductos deferentes, aborto artificial, inducción del parto, etc., así como el costo del diagnóstico y tratamiento de complicaciones durante la cirugía de planificación familiar.
(3) Otros gastos incluidos en el alcance de pago del seguro de maternidad según las leyes, reglamentos, normas y regulaciones nacionales y provinciales.
Los gastos médicos de maternidad que cumplan con el alcance de pago de medicamentos, elementos de diagnóstico y tratamiento e insumos médicos estipulados por el estado y la provincia se pagarán de acuerdo con las disposiciones del seguro de maternidad, y los demás gastos médicos. pagarse de conformidad con las disposiciones pertinentes del seguro médico básico.
Base jurídica:
Artículo 8 de las "Disposiciones especiales sobre protección laboral de las empleadas". Los subsidios de maternidad durante la licencia de maternidad para las empleadas que hayan participado en el seguro de maternidad serán pagados por el fondo de seguro de maternidad de acuerdo con el plan del empleador se pagará el salario mensual promedio anual para los empleados que no participan en el seguro de maternidad, el empleador pagará a las empleadas de acuerdo con el salario estándar antes de la licencia de maternidad. Empleador.
Los gastos médicos en que incurran las empleadas por parto o aborto espontáneo, si participan en el seguro de maternidad, serán pagados por la caja del seguro de maternidad de acuerdo con los conceptos y normas estipulados en el seguro de maternidad; no participan en el seguro de maternidad, serán pagados por el empleador.
Artículo 73 de la “Ley del Trabajo”
Si el trabajador reúne alguna de las siguientes circunstancias, gozará de los beneficios del seguro social:
(1 ) Jubilados
(2) Los que estén enfermos o lesionados
(3) Los que estén incapacitados o padezcan enfermedades profesionales debido al trabajo; (4) Las que están desempleadas
p>
(5) Dar a luz. Después del fallecimiento de un empleado, sus sobrevivientes tienen derecho a recibir beneficios de supervivencia de conformidad con la ley. Las condiciones y normas para que los trabajadores disfruten de las prestaciones del seguro social están estipuladas por leyes y reglamentos. Las prestaciones del seguro social de las que disfrutan los trabajadores deben pagarse íntegramente y a tiempo.