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La okupación de nombres de dominio es ilegal

Subjetividad jurídica:

La okupación de nombres de dominio no puede constituir infracción. La okupación de nombres de dominio se refiere a la okupación de un nombre de dominio que nunca ha sido registrado o la okupación de un nombre de dominio registrado si no se renueva a tiempo antes del final del período de validez, se eliminará después de un período de tiempo. El acto de registrar preventivamente el nombre de dominio la primera vez después de su eliminación se considera otra forma de registro preventivo. Objetividad jurídica:

"Interpretaciones del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de disputas civiles que involucran nombres de dominio de redes informáticas" Artículo 7: Si el tribunal popular determina que el registro y uso de nombres de dominio constituye infracción o competencia desleal. Se puede ordenar al demandado que detenga la infracción, cancele el nombre de dominio u ordene al demandante que registre y utilice el nombre de dominio a petición del demandante si se causa un daño real al titular del derecho, el; Se puede ordenar al demandado que compense la pérdida. Si el infractor infringe intencionalmente y las circunstancias son graves, el demandante tiene derecho a solicitar daños punitivos al Tribunal Popular.