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¿A qué tipo de infracción pertenece la imitación de vídeos cortos?

Análisis legal: Es probable que los videos cortos de imitación realizados con materiales de obras de cine y televisión constituyan una infracción de derechos de autor. Debido a que este tipo de video corto utiliza trabajos de cine y televisión de otras personas en forma de imitación o edición, si el trabajo se usa como material del video corto sin el permiso del propietario original de los derechos de autor, y no está legalmente permitido, puede constituir una infracción de derechos de autor. Sin embargo, si obtiene permiso para utilizar la obra original, no constituirá una infracción o si se utiliza con el permiso legal estipulado en la ley, no constituirá una infracción;

Base legal: "Ley de Derecho de Autor de la República Popular China" Artículo 10 Los derechos de autor incluyen los siguientes derechos personales y de propiedad:

(1) Derecho de publicación, que determina si el la obra se hace pública Derechos;

(2) Derecho de firma, es decir, derecho a indicar la identidad del autor y firmar la obra;

(3) Derecho de modificación , es decir, el derecho a modificar o autorizar a otros a modificar la obra;

(4) El derecho a proteger la integridad de la obra, es decir, el derecho a proteger la obra contra distorsiones y manipulaciones;

(5) El derecho a reproducir, es decir, el derecho a imprimir, copiar, frotar, grabar. El derecho a hacer una o más copias de la obra mediante grabación de video, extracción, rehacer, digitalización, etc.;

(6) Derecho de distribución, es decir, el derecho a proporcionar el original o copias de la obra al público vendiéndola o donándola;

(7) Alquiler derechos, es decir, el derecho a otorgar licencias a otros para utilizar temporalmente los originales o copias de obras audiovisuales y software de computadora por una tarifa, a menos que el software de computadora no sea el objeto principal del contrato de arrendamiento;

(8 ) Derechos de exhibición, es decir, el derecho a exhibir públicamente originales o copias de obras de arte y obras fotográficas;

(9) Derechos de ejecución, es decir, la ejecución pública de obras y la transmisión pública de obras por diversos medios;

(10) Derechos de proyección, es decir, el derecho a reproducir públicamente obras de arte, fotografías, obras audiovisuales, etc. mediante proyectores, proyectores de diapositivas y otros equipos técnicos;

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(11) Derechos de radiodifusión, es decir, el derecho a difundir o retransmitir públicamente obras por medios alámbricos o inalámbricos, y a difundir al público obras difundidas a través de altavoces u otras herramientas similares que transmitan símbolos, sonidos e imágenes. , pero no incluye los derechos especificados en el Ítem 12 de este párrafo;

(12) El derecho de difusión de información en redes, es decir, el derecho a proporcionar al público medios cableados o inalámbricos para que el público pueda acceder a ellos. puede obtener la obra en el momento y lugar de su elección;

( 13) El derecho a filmar, es decir, el derecho a fijar la obra en un soporte mediante la filmación de una obra audiovisual

(14) El derecho a adaptar, es decir, el derecho a cambiar la obra y crear una obra nueva y original;

(15) Derechos de traducción, es decir, el derecho a convertir obras de un idioma a otro idioma;

(16) Derechos de compilación, es decir, obras u obras El derecho a ensamblar los fragmentos en una nueva obra mediante selección o arreglo;

( 17) Otros derechos que deba disfrutar el titular de los derechos de autor.

El titular de los derechos de autor podrá permitir que otros ejerzan los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo anterior, y reciban una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta Ley.

El titular de los derechos de autor podrá transferir todo o parte de los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo 1 de este artículo, y recibir una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta ley. .