¿Qué es la Alianza de la Industria de Internet Móvil? ¿Quién lo admitió?
Artículo 2 El propósito de la Alianza de la Industria de Internet Móvil es esforzarse por promover el desarrollo y la aplicación de la industria de Internet móvil.
Artículo 3 El papel de la Alianza de la Industria de Internet Móvil es aprovechar plenamente el papel de puente y vínculo entre las empresas y el gobierno en la legislación, las políticas, la planificación, la construcción ambiental, etc., para promover la desarrollo de la industria de Internet móvil para dar pleno juego a las empresas de RD Sirve como puente y vínculo entre usuarios, empresas y empresas, empresas e investigación científica, educación e instituciones de apoyo, producción, educación, capacitación, pruebas, certificación, estandarización, política, ley, aplicación, etc.
Artículo 4 La Alianza de la Industria de Internet Móvil se compromete a organizar, coordinar y servir a la planificación macro, la cooperación internacional y las actividades de la industria.
Capítulo 2 Reglas de trabajo y alcance
Artículo 5 La Alianza de la Industria de Internet Móvil sigue el concepto de apertura y disfrute.
Artículo 6 El alcance del trabajo de la Alianza de la Industria de Internet Móvil es publicitar e implementar políticas y regulaciones relevantes, brindar educación y capacitación para la industria de Internet móvil, construir infraestructura para la industria de Internet móvil y promover Internet móvil. aplicaciones de la industria y promover los intercambios internacionales en la industria de Internet móvil. Cooperar para brindar buenos servicios.
Miembros del Capítulo 3
Artículo 7 Los miembros de la Alianza de la Industria de Internet Móvil son el cuerpo principal de la alianza y deben cumplir las siguientes condiciones básicas:
(1) Participar en Unidades de Internet móviles dedicadas a la investigación científica, la educación, el desarrollo, las pruebas, la aplicación, el servicio y la gestión en el campo;
(2) Las unidades miembros deben ser empresas, instituciones y grupos sociales establecidos y registrados de conformidad con la ley;
(3) Unirse voluntariamente a la alianza, apoyar y cumplir con los estatutos de la alianza, y estar dispuesto a cumplir con las obligaciones de los miembros.
Artículo 8 Procedimientos básicos para que los miembros se unan a la alianza:
(1) Presentar una solicitud para unirse a la alianza
(2) Revisar y aprobar la solicitud; junta directiva de la alianza;
(3) El Consejo de la Alianza autoriza a la Secretaría a emitir certificados de membresía.
Artículo 9 Los miembros disfrutan de los siguientes derechos básicos:
(a) Los miembros tienen derecho a elegir, ser elegido y votar;
(2) Todos los partidos participar en las conferencias de organizaciones sindicales, intercambios técnicos y actividades de cooperación;
(3) Prioridad en la obtención de servicios de la alianza;
(4) El derecho a hacer comentarios y sugerencias sobre las actividades de la alianza. trabajo;
(5) El derecho a afiliarse y abandonar libremente el sindicato;
(6) Otros derechos que estipule el sindicato.
Artículo 10 Los miembros tendrán las siguientes obligaciones básicas:
(1) Implementar las resoluciones de la asociación y cumplir con los estatutos, las normas y reglamentos de la asociación;
(2) Mantener la reputación y los derechos e intereses legítimos de la alianza, promover activamente el propósito de la alianza, completar las tareas asignadas por la alianza y participar activamente en las actividades de la alianza;
(3) Activamente recomendar miembros;
(4) De acuerdo con los estatutos, llevar a cabo activamente el trabajo de acuerdo con las disposiciones pertinentes del Capítulo 2;
(5) informar la situación a la alianza y proporcionar información relevante;
(6) Pagar fondos anuales a la alianza en nombre del financiamiento;
(7) Otras obligaciones estipuladas por la alianza.
Artículo 11 La aprobación de las solicitudes de ingreso, las solicitudes de destitución o expulsión y otros asuntos importantes se informarán a la Junta Directiva para su discusión y decisión. Cuando la Junta Directiva no esté reunida, podrá autorizar a la Junta Directiva Permanente a discutir y tomar decisiones (pero deberá informarse a la Junta Directiva para que conste y enviarse a todos los directores).
Artículo 12 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, la membresía será cancelada mediante votación de la junta directiva y se hará un anuncio:
(1) El incumplimiento de los condiciones básicas para ser miembro;
(2) Incumplimiento de las obligaciones básicas de los miembros durante dos años consecutivos;
(3) Otras violaciones graves de los Estatutos de la Asociación.
Artículo 13 Los procedimientos básicos para que los miembros se retiren de la alianza son los siguientes:
(a) Presentar una solicitud por escrito a la secretaría de la alianza con un mes de anticipación;
(2) ) Después de que la Secretaría acepte la solicitud, se informará al Consejo de la Alianza para su votación, archivo y anuncio.
Capítulo 4: La Generación y Eliminación de Organizaciones y Líderes
Artículo 14: La Alianza establece un comité de expertos y contrata expertos famosos (el comité de expertos está compuesto por el director, el subdirector y miembros) Proporcionar consultas técnicas y orientación para las actividades de la alianza.
La Alianza Artículo 15 invita a líderes de la industria, maestros y expertos famosos a formar un grupo de expertos para brindar asesoramiento y sugerencias para el desarrollo de la industria de Internet móvil y la cooperación internacional.
Artículo 16 La máxima autoridad de la Asociación es la Asamblea General, cuyas atribuciones son:
(1) Formular y modificar los Estatutos Sociales de la Asociación;
>(2) Elegir el consejo sindical, elegir y destituir al consejo sindical;
(3) Revisar el informe anual de trabajo y el informe financiero del sindicato
(4) Elegir el comité de expertos; ;
(5) Sentencia sobre cuestiones importantes como la desintegración de la alianza.
Artículo 17 La duración de la junta general es de cuatro años. El Congreso de Socios se celebra cada dos años y es propuesto por el Consejo Sindical.
Artículo 18 El Consejo de la Asociación es el órgano ejecutivo y de decisión de la Asamblea General. Dirige los trabajos de la Asociación cuando la Asamblea General no está reunida y es responsable de la Asamblea General. Las funciones y atribuciones del consejo sindical son las siguientes:
(1) Ejecutar las resoluciones adoptadas por el congreso miembro
(2) Elegir y destituir al presidente, vicepresidente; presidente y secretario general; elegir el consejo permanente y elegir y destituir a los directores permanentes;
(3) organizar y convocar reuniones de representantes de los miembros;
(4) informar sobre el trabajo y las finanzas; estado de la alianza ante la conferencia de representantes de miembros;
(5) Decidir sobre el reclutamiento y remoción de miembros
(6) Decidir sobre el establecimiento de oficinas, sucursales y representantes relevantes; oficinas y otras instituciones importantes de la Asociación y sus principales responsables o cancelar;
(7) Evaluar el trabajo de la Secretaría;
(8) Desarrollar sistemas de gestión relevantes para la alianza. ;
(9) Organizar y manejar los principales temas de las actividades de la alianza y los principales temas.
Artículo 19 El Consejo de la Alianza se reunirá al menos una vez al año para elegir y establecer un Consejo Permanente durante el período entre sesiones del Consejo, el Consejo Permanente desempeñará las funciones del Consejo; y el Consejo Permanente se reunirá cada seis meses. En circunstancias especiales, también podrá celebrarse mediante comunicación. Las decisiones pertinentes adoptadas por el Consejo Permanente deberán notificarse a todos los directores en el momento oportuno. En circunstancias especiales en las que las necesidades de trabajo sean urgentes, se podrá convocar una reunión ampliada del Presidente de la Alianza para estudiar y decidir sobre asuntos diarios importantes y urgentes relacionados con el Artículo 17, Párrafo 9. Entre los asistentes a la reunión ampliada del Presidente de la Alianza se encuentran el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario General y el Vicesecretario General, así como algunos miembros del Consejo Permanente y el Vicesecretario General. En circunstancias especiales, la reunión ampliada del Presidente de la Alianza ejercerá sus poderes en nombre del Consejo de la Alianza, pero su decisión será notificada a todos los miembros.
Artículo 20: Las actividades relevantes que involucren a la alianza deberán ser reportadas a la Junta Directiva para su discusión y decisión durante el receso de la Junta Directiva, pudiendo la Junta Directiva Permanente ser autorizada para discutir y tomar decisiones; . En caso de emergencia, se podrá convocar una reunión ampliada del presidente para discutir y tomar una decisión (pero se informará a la junta directiva para su registro y se notificará a todos los directores por escrito).
Artículo 21 La Alianza establecerá una secretaría como su oficina diaria, responsable de coordinar y manejar los asuntos diarios de la Alianza. Sus principales responsabilidades son:
(1) Desarrollar y administrar miembros;
(2) Administrar el sitio web de la alianza;
(3) Publicitar ampliamente el propósito de la alianza y función para expandir los negocios de la liga;
(4) Responsable de organizar y coordinar los asuntos y servicios de las actividades de las grandes ligas y las actividades de asuntos exteriores;
(5) Administrar las finanzas de la asociación ;
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(6) Absorber el patrocinio;
(7) Otras funciones.
Artículo 22 El presidente, vicepresidente, secretario general, subsecretario general y representantes del consejo deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) Ser emprendedor, serio y responsable, ser decente y justo;
(2) Participar en investigación científica, educación, desarrollo, industria, aplicación, servicio y gestión en el campo del software de código abierto, y tener logros sobresalientes y representativos;
(3) Goza de salud y capacidad para trabajar con normalidad;
Artículo 23 El mandato del presidente, vicepresidente, secretario general, subsecretario general y representantes del consejo es de cuatro años. El plazo máximo no podrá exceder de dos mandatos. Si por circunstancias especiales fuera necesario prorrogar el mandato, deberá ser aprobado por mayoría de votos en la asamblea general de miembros.
Artículo 24 El presidente de la alianza será elegido por el consejo de la alianza, y el vicepresidente será recomendado por el presidente y aprobado por el consejo de la alianza.
Artículo 25 El Presidente de la Alianza ejercerá las siguientes facultades:
(1) Convocar y presidir las reuniones ampliadas del Consejo de la Alianza, del Consejo Permanente y del Presidente;
(2) Inspeccionar la implementación de las resoluciones del Congreso y Consejo Miembro de la Alianza;
(3) Recomendar al Secretario General al Consejo de la Alianza e inspeccionar el trabajo de la Secretaría; p>
(4) Firmar documentos importantes y relevantes en nombre del sindicato;
(5) Manejar otros asuntos importantes autorizados por la alianza.
Artículo 26 El secretario general es la persona encargada del trabajo diario de la secretaría sindical. Es recomendado por el presidente del sindicato y elegido por la reunión representativa del consejo sindical. Es responsable ante el consejo sindical. El secretario general adjunto es designado por el secretario general y aprobado por votación en la reunión del Consejo de la Alianza. Bajo el liderazgo del Secretario General, la Secretaría maneja los asuntos cotidianos de la Alianza.
Artículo 27 El Secretario General de la Alianza ejercerá las siguientes facultades bajo el liderazgo del Consejo de la Alianza:
(1) Presidir el trabajo diario de la Secretaría y organizar y implementar diversas tareas de las Tareas de la Alianza;
(2) Proponer la composición de la Secretaría al Consejo de la Alianza;
(3) Recomendar otras personas clave a cargo de la Secretaría al Consejo de la Alianza; Consejo de la Asociación;
(4) Establecer una secretaría y contratar otro personal de tiempo completo para la secretaría;
(5) Presentar el presupuesto financiero anual y el informe de cuentas finales a la Asociación; Consejo;
(6 )Ejercer el poder financiero dentro del presupuesto financiero aprobado por el Consejo de la Asociación;
(7) Manejar otros asuntos diarios.
Capítulo 5 Principios de gestión y uso de activos
Artículo 28 Fuentes de financiación de la alianza:
(1) Fondos de los miembros de la alianza
(2) Donaciones de organizaciones sociales y particulares
(3) Otros ingresos lícitos.
Artículo 29 Los fondos de la asociación deberán utilizarse para el desarrollo de los negocios y empresas de la asociación según lo estipulado en los estatutos de la asociación, y no se distribuirán entre los miembros.
Artículo 30 La gestión de activos de la Alianza estará sujeta a supervisión financiera y auditoría por parte del Consejo de la Alianza.
Capítulo 6 Procedimientos para modificar los estatutos
Artículo 31: Las modificaciones de los estatutos de la Asociación se aprobarán mediante votación del Consejo de Asociación y se presentarán al Miembro. Congreso para su revisión.