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¿Son válidos los recibos tomados con un teléfono móvil?

Los recibos realizados con un teléfono móvil son válidos siempre que representen las verdaderas intenciones de ambas partes y no violen disposiciones legales. Sin embargo, en términos de riesgos legales, aún se recomienda conservar la copia escrita original en caso de que ocurra una disputa y no se pueda probar el acuerdo de ambas partes en ese momento y se puedan proteger los derechos e intereses de las partes involucradas. Desde el punto de vista de la evidencia, las fotografías pueden técnicamente ser manipuladas, por lo que el efecto probatorio de una fotografía por sí sola es muy bajo, a menos que la otra parte apruebe la fotografía, es necesario proporcionar otras pruebas relevantes para respaldarla, formando una cadena de evidencia. y la copia escaneada se puede utilizar como prueba final, teniendo así una mayor eficacia probatoria. Es difícil obtener el apoyo del tribunal si se litiga basándose únicamente en fotografías. Artículo 69 de las "Varias Disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre Pruebas en Litigios Civiles" "Las copias y reproducciones que no puedan verificarse con los documentos y objetos originales no podrán utilizarse por sí solas como base para determinar los hechos del caso". "Una de las partes presenta prueba documental. Se utilizará como prueba el documento original o una fotocopia, fotografía, duplicado o extracto que se verifique que es correcto con el documento original. Si la otra parte plantea una objeción pero no existe prueba en contrario suficiente para refutar el tribunal popular confirmará su valor probatorio”

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