No se pagan los salarios. ¿Es útil llamar al 1233 para quejarse?
Subjetividad jurídica:
El artículo 9 de las “Disposiciones Transitorias sobre Pago de Salarios” estipula: Cuando ambas partes en la relación laboral extingan o rescindan el contrato de trabajo conforme a la ley, el El empleador deberá rescindir el contrato de trabajo una vez pagado el salario total. Los trabajadores con atrasos salariales, falta de pago de salarios o robo de salarios pueden denunciar llamando al 12333, que es el número de teléfono de la Dirección de Recursos Humanos y Seguridad Social. También puede presentar una queja ante el Equipo de Supervisión de la Oficina del Trabajo. Debido a que la empresa no paga la remuneración laboral a tiempo, los trabajadores pueden solicitar la rescisión del contrato y la relación laboral y exigir una compensación económica. Los trabajadores pueden presentarse ante el departamento administrativo de inspección del trabajo local y la brigada de inspección del trabajo ordenará al empleador que pague los salarios. Si la brigada de inspección del trabajo no logra coordinarse, el trabajador puede solicitar un arbitraje laboral. Si se niega a implementar la conclusión del arbitraje laboral, puede solicitar al tribunal su ejecución. Artículo 85 de la Ley de Contrato de Trabajo: Si un empleador concurre alguna de las siguientes circunstancias, la dirección administrativa del trabajo le ordenará el pago de remuneración laboral, pago de horas extras o compensación económica dentro de un plazo si la remuneración laboral es inferior al mínimo local; estándar salarial, se pagará la diferencia Parte; si el pago está atrasado, se ordenará al empleador que pague una compensación adicional al empleado a una tasa no inferior al 50% pero no superior al 100% del monto pagadero: (1) No pagar en su totalidad y en forma oportuna de acuerdo con el contrato laboral o las regulaciones nacionales. Pagar remuneración laboral a los trabajadores; (2) Pagar a los trabajadores salarios inferiores al estándar de salario mínimo local; (3) Organizar horas extras sin pagar horas extras; (4) Resolver o rescindir el contrato de trabajo y no pagar a los trabajadores de conformidad con esta ley la compensación económica. La ley es objetiva:
Artículo 18 de las "Disposiciones provisionales sobre el pago de salarios"
Los departamentos administrativos laborales de todos los niveles tienen derecho a supervisar el pago de salarios del empleador. Si un empleador comete los siguientes actos que atenten contra los derechos e intereses legítimos de los trabajadores, la dirección administrativa del trabajo le ordenará el pago de salarios y compensaciones económicas a los trabajadores, pudiendo además ordenarle el pago de indemnizaciones:
(1) Retener o no pagar los salarios atrasados a los trabajadores sin razón;
(2) Negarse a pagar los salarios de los trabajadores por horas de trabajo extendidas;
(3) Pagar salarios de los trabajadores inferiores a los estándar de salario mínimo local.
Los estándares de compensación y compensación económica se implementarán de acuerdo con la normativa nacional pertinente.