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El "Reglamento sobre trasplante de órganos humanos" fue adoptado en la 171ª reunión ejecutiva del Consejo de Estado el 21 de marzo de 2007 y está anunciado por la presente. Efectivo a partir del 1 de mayo de 2007.
Premier Wen Jiabao
11 de marzo de 2007
Reglamento sobre trasplante de órganos humanos
Capítulo 1 Disposiciones generales
Artículo 1 Este Reglamento se formula con el fin de regular la práctica del trasplante de órganos humanos, garantizar la calidad de la atención médica, salvaguardar la salud humana y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos.
Artículo 2 Este Reglamento se aplica al trasplante de órganos humanos dentro del territorio de la República Popular China y la República Popular China; este Reglamento no se aplica al trasplante de células humanas, córneas, médula ósea y otros; tejidos humanos.
El trasplante de órganos humanos, tal como se menciona en este Reglamento, se refiere a la extracción total o parcial del corazón, los pulmones, el hígado, los riñones, el páncreas y otros órganos con funciones específicas de un donante de órganos humanos e implantarlos en el receptor para reemplazarlos en sus órganos enfermos.
Artículo 3: Ninguna organización o individuo podrá comprar o vender órganos humanos en ninguna forma, ni realizar actividades relacionadas con la compra y venta de órganos humanos.
Artículo 4 El departamento de salud del Consejo de Estado es responsable de la supervisión y gestión de los trasplantes de órganos humanos en todo el país. Las autoridades sanitarias de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión de los trasplantes de órganos humanos dentro de sus respectivas regiones administrativas.
Las sociedades de la Cruz Roja de todos los niveles deben participar en la publicidad y otros trabajos sobre la donación de órganos humanos de conformidad con la ley.
Artículo 5 Cualquier organización o individuo tiene derecho a denunciar cualquier violación de las disposiciones de este Reglamento a las autoridades sanitarias y otros departamentos pertinentes, cualquier comportamiento que las autoridades sanitarias y otros departamentos pertinentes no realicen bajo su supervisión; y deberes de gestión de conformidad con la ley, tienen derecho a informar a los departamentos pertinentes del gobierno popular del mismo nivel y al gobierno popular de nivel superior. El departamento de salud y otros departamentos pertinentes del gobierno popular que reciban el informe deberán verificarlo y procesarlo de manera oportuna y notificar al denunciante sobre los resultados del procesamiento.
Artículo 6: Al establecer un sistema de trasplante de órganos humanos, el Estado realiza la publicidad y promoción de la donación de órganos humanos, determina la lista de reserva para el trasplante de órganos humanos y organiza y coordina el uso de órganos humanos.
Capítulo 2 Donación de Órganos Humanos
Artículo 7 La donación de órganos humanos debe seguir el principio de voluntariedad y gratuidad.
Los ciudadanos tienen derecho a donar o no órganos humanos, y ninguna organización o individuo podrá obligar, engañar o inducir a otros a donar órganos humanos.
Artículo 8 Los ciudadanos que donan órganos humanos tienen plena capacidad para la conducta civil. Los ciudadanos que donen órganos humanos deben tener una intención de donación por escrito y el derecho a revocar la intención de donación expresada.
Si un ciudadano no está de acuerdo en donar sus órganos humanos, ninguna organización o individuo podrá donar o extraer los órganos humanos del ciudadano; si un ciudadano no expresa su desacuerdo con la donación de sus órganos humanos, el el cónyuge del ciudadano, los hijos mayores de edad, los padres pueden expresar por escrito su consentimiento para donar los órganos humanos del ciudadano después de su muerte, en la forma e intención de donación****.
Artículo 9: Ninguna organización o individuo podrá extraer órganos vivos de ciudadanos menores de 18 años para trasplantes.
Artículo 10. Se limitan a ser receptores de órganos vivos el cónyuge del donante de órganos vivo, sus parientes consanguíneos directos o colaterales dentro de tres generaciones, o aquellos que tengan pruebas que acrediten su parentesco con el donante de órganos vivos. por asistencia u otros motivos.
Capítulo 3 Trasplante de Órganos Humanos
Artículo 11 Las instituciones médicas que se dediquen al trasplante de órganos humanos deberán, de conformidad con lo dispuesto en el "Reglamento para la Administración de Instituciones Médicas", proporcionar información a los habitantes de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central solicitan el registro de los sujetos de diagnóstico y tratamiento de trasplantes de órganos humanos.
Las instituciones médicas dedicadas al trasplante de órganos humanos deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) Tener médicos en ejercicio y otro personal médico adecuado para realizar trasplantes de órganos humanos;
(2) Contar con los equipos e instalaciones necesarios para el trasplante de órganos humanos;
(3) Contar con un Comité de Ética y Tecnología de Aplicación Clínica de Trasplantes de Órganos Humanos compuesto por expertos en medicina, derecho, ética, etc. (3) Existe un comité de ética y tecnología de aplicación clínica de trasplantes de órganos humanos compuesto por expertos en medicina, derecho, ética, etc., y el número de expertos médicos involucrados en trasplantes de órganos humanos en el comité no excederá 1/4 del total. número de miembros del comité;
(4) Contar con un sólido sistema de gestión para el control de calidad de los trasplantes de órganos humanos.
Artículo 12 Al registrar sujetos para trasplante de órganos humanos, las autoridades sanitarias de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, además de cumplir las condiciones especificadas en el artículo 11 de Este Reglamento, también considera la región administrativa Las necesidades médicas para el trasplante de órganos humanos y las fuentes legales de órganos humanos.
Las autoridades sanitarias de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central publicarán sin demora la lista de instituciones médicas que se han registrado para el diagnóstico y tratamiento de trasplantes de órganos humanos.
Artículo 13 Si una institución médica que se haya registrado para el diagnóstico y tratamiento de trasplantes de órganos humanos ya no cumple con las condiciones estipuladas en el artículo 11 de este Reglamento, deberá dejar de realizar trasplantes de órganos humanos e informar a la departamento de registro original. El departamento de registro original cancelará el registro del sujeto de diagnóstico y tratamiento de trasplante de órganos humanos de la institución médica dentro de los dos días siguientes a la fecha de recepción del informe y hará un anuncio.
Artículo 14 Las autoridades sanitarias de los gobiernos populares a nivel provincial o superior organizarán periódicamente expertos para realizar inspecciones de órganos humanos en instituciones médicas en función de la tasa de éxito del trasplante de órganos humanos, la implantación de órganos humanos. y se evaluará la tasa de supervivencia a largo plazo de los pacientes posoperatorios. Si la evaluación falla, el departamento de registro original cancelará el registro del diagnóstico de trasplante de órganos humanos; y sujetos de tratamiento. Las medidas específicas serán formuladas por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado.
Artículo 15 Las instituciones médicas y su personal médico que se dediquen al trasplante de órganos humanos deberán respetar los principios éticos y las normas de gestión técnica para el trasplante de órganos humanos.
Artículo 16 Las instituciones médicas y su personal médico que participan en trasplantes de órganos humanos realizarán exámenes médicos a los donantes de órganos humanos, evaluarán el riesgo de que los receptores contraigan enfermedades debido al trasplante de órganos humanos y tomarán medidas para reducir los riesgos.
Artículo 17 Antes de la extracción de órganos vivos o antes de la muerte del donante de órganos cadavéricos, el médico en ejercicio del trasplante de órganos humanos deberá presentar una solicitud de revisión de la extracción de órganos humanos al Comité de Ética y Aplicación Clínica de Órganos Humanos. Tecnología de trasplantes de la institución médica donde se encuentra.
Si el Comité de Ética y Aplicación Clínica de la Tecnología de Trasplante de Órganos Humanos no está de acuerdo con la extracción de órganos humanos, las instituciones médicas no tomarán la decisión de extraer órganos humanos y el personal médico no deberá extraer órganos humanos.
Artículo 18: Luego de recibir una solicitud de revisión de trasplante de órganos humanos, el Comité de Ética y Aplicación Clínica de la Tecnología de Trasplante de Órganos Humanos revisará los siguientes asuntos y emitirá una opinión escrita de acuerdo o desacuerdo:
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(1) Si la intención del donante de donar órganos humanos es cierta;
(2) Si se compra o vende órganos humanos en forma disfrazada;
(3) Cuerpo humano Si la compatibilidad de órganos y las indicaciones del receptor cumplen con los principios éticos y las normas de gestión técnica para el trasplante de órganos humanos.
Con la aprobación de más de dos tercios de los miembros, el Comité de Ética y Aplicación Clínica de la Tecnología de Trasplante de Órganos Humanos puede emitir una opinión escrita acordando la extracción de órganos humanos.
Artículo 19 Las instituciones médicas y su personal médico dedicado al trasplante de órganos humanos deberán cumplir con las siguientes obligaciones antes de extraer órganos vivos:
(1) Explicar a los donantes de órganos vivos los riesgos de la cirugía de extracción de órganos , precauciones postoperatorias, posibles complicaciones y medidas preventivas, y firmar un formulario de consentimiento informado con los donantes de órganos vivos;
(2) Obtener el consentimiento de los donantes de órganos vivos para la donación. Opinión escrita sobre el órgano;
(3) Confirmar que las funciones fisiológicas normales de los donantes de órganos vivos no se dañarán excepto por las consecuencias directas de la extracción del órgano;
(4) El consentimiento por escrito del donante de órganos vivos para donar órganos y prueba que existe la relación entre el donante de órganos vivo y el receptor según lo especificado en el artículo 10 de este Reglamento;
(5) El donante de órganos vivo se compromete a donar La opinión escrita del órgano, la opinión escrita del donante vivo de órganos que acepta donar el órgano, y la prueba de que existe la relación entre el donante vivo de órganos y el receptor según lo especificado en el artículo 10 de este Reglamento.
Las instituciones médicas dedicadas al trasplante de órganos humanos deben preservar la información médica de los donantes de órganos vivos y realizar visitas de seguimiento.
Artículo 20: La extracción de órganos de personas fallecidas se realizará una vez determinada la muerte del donante de órganos fallecido conforme a la ley. El personal médico dedicado al trasplante de órganos humanos no participará en la determinación de la muerte de los donantes de órganos fallecidos.
Las instituciones médicas y su personal médico dedicado al trasplante de órganos humanos deben respetar la dignidad personal del fallecido, y los restos de los que se han extraído los órganos deben ser tratados médicamente de acuerdo con principios éticos. Los órganos utilizados para el trasplante, los restos deben ser restaurados a su estado original.
Artículo 21: Las instituciones médicas dedicadas al trasplante de órganos humanos no cobrarán tarifas por el trasplante de órganos humanos ni las cobrarán en forma encubierta, excepto para cobrar las siguientes tarifas a los receptores:
(1) Tarifas quirúrgicas para la extracción e implantación de órganos humanos;
(2) Tarifas de almacenamiento y transporte de órganos humanos;
(3) Medicamentos incurridos por la extracción e implantación de órganos humanos Tarifas;
(4) Tarifas de medicamentos, tarifas de inspección y tarifas de consumibles médicos incurridas en la extracción e implantación de órganos humanos.
Las normas de tarificación especificadas en el párrafo anterior se determinarán y anunciarán de conformidad con las leyes y reglamentos administrativos pertinentes.
Artículo 22 La clasificación de los pacientes que soliciten un trasplante de órganos humanos se basará en las necesidades médicas y seguirá los principios de equidad, imparcialidad y apertura. Las medidas específicas serán formuladas por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado.
Artículo 23 El personal médico que realiza trasplantes de órganos humanos mantendrá confidencial la información personal de los donantes, receptores y pacientes de órganos humanos que soliciten un trasplante de órganos humanos.
Artículo 24 Las instituciones médicas dedicadas al trasplante de órganos humanos informarán periódicamente el estado de implementación del trasplante de órganos humanos a las autoridades sanitarias de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Las medidas específicas serán formuladas por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado.
Capítulo 4 Responsabilidades Legales
Artículo 25 El que viole las disposiciones de este Reglamento en cualquiera de las siguientes circunstancias y constituya un delito, será investigado por responsabilidad penal de conformidad con la ley:
(1) La sustracción de órganos vivos de un ciudadano sin su consentimiento;
(2) La sustracción de órganos de un ciudadano que expresó su desacuerdo con la donación de su /sus órganos humanos antes de la muerte;
(3) Extracción de órganos de cuerpos vivos de ciudadanos menores de 18 años.
Artículo 26 A quien viole las disposiciones de este reglamento comprando y vendiendo órganos humanos o realizando actividades relacionadas con la compra y venta de órganos humanos se le confiscarán las ganancias ilegales por las autoridades sanitarias de la población local. gobiernos en o por encima del nivel de ciudad distrital de acuerdo con la división de responsabilidades Se impondrá una multa de no menos de ocho veces pero no más de diez veces el monto de la transacción si una institución médica se dedica a las actividades antes mencionadas; La persona responsable a cargo y otras personas directamente responsables serán sancionadas, y el departamento de registro original cancelará el registro del sujeto de diagnóstico y tratamiento de trasplante de órganos humanos de la institución médica, la institución médica no solicitará el registro de diagnóstico y tratamiento de trasplante de órganos humanos. sujetos dentro de los tres años; si el personal médico participa en las actividades anteriores, sus certificados de práctica serán revocados por el departamento emisor original.
Todo funcionario estatal que participe en la venta de órganos humanos o se dedique a actividades relacionadas con la venta de órganos humanos será destituido o expulsado por los organismos estatales pertinentes de conformidad con la ley.
Artículo 27 Si una institución médica se dedica a trasplantes de órganos humanos sin estar registrada como sujeto de diagnóstico y tratamiento de trasplantes de órganos humanos, será sancionada de conformidad con lo dispuesto en el "Reglamento de Administración de Instituciones Médicas". .
Si una institución médica realiza trasplantes de órganos humanos y su personal médico viola las disposiciones de este Reglamento y no realiza exámenes médicos a los donantes de órganos humanos o no toma medidas que resulten en que el receptor se infecte con la enfermedad debido al trasplante de órganos humanos, la institución médica deberá, de acuerdo con las "Sanciones de Tratamiento Médico estipuladas en el Reglamento de Manejo de Accidentes".
Si el personal médico dedicado al trasplante de órganos humanos viola las disposiciones de este Reglamento y filtra información personal de donantes, receptores o pacientes de órganos humanos que solicitan un trasplante de órganos humanos, será sancionado de conformidad con el "Practicar "Ley de Médicos" o el reglamento nacional de gestión de enfermería correspondiente. Precisar sanciones.
Quien viole lo dispuesto en el presente reglamento y cause daño a otros asumirá la responsabilidad civil.
Quien cobre honorarios en violación del artículo 21 de este Reglamento será sancionado de conformidad con lo dispuesto en las leyes de gestión de precios y en los reglamentos administrativos.
Artículo 28: El personal médico que cometa cualquiera de las siguientes circunstancias será sancionado de conformidad con la ley si las circunstancias son graves, el departamento de salud competente del gobierno popular local a nivel del condado o superior; suspender su servicio médico por más de 6 meses y 1 año de acuerdo con la división de responsabilidades. Las siguientes actividades practicantes si las circunstancias son particularmente graves, la licencia será revocada por el departamento de licencias original:
(1) Sin la aprobación del Comité de Ética y Aplicación Clínica de la Tecnología de Trasplante de Órganos Humanos
(2) No cumplir con las obligaciones de explicación, inspección y confirmación de conformidad con el Artículo 19 del Reglamento antes de la extracción de órganos de cuerpos vivos;
(3) No implementar principios éticos médicos al extraer órganos de cadáveres y restaurar la apariencia original del cadáver.
Artículo 29: Si una institución médica concurre alguna de las siguientes circunstancias, el responsable responsable y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con la ley si las circunstancias son graves, el departamento de registro original; revocará el registro de la institución médica de sujetos de diagnóstico y tratamiento de trasplantes de órganos, y la institución médica no solicitará el registro de sujetos de diagnóstico y tratamiento de trasplantes de órganos humanos dentro de los tres años:
(1) Aquellos. que ya no cumplan las condiciones especificadas en el artículo 11 de este Reglamento y todavía se dediquen a trasplantes de órganos humanos.
(2) Tomar la decisión de extraer órganos humanos sin la revisión y el consentimiento del Comité de Ética y Aplicación Clínica de la Tecnología de Trasplante de Órganos Humanos, o coaccionar al personal médico para que extraiga órganos humanos en violación de estas regulaciones;
(3) Las circunstancias enumeradas en los numerales (2) y (3) del artículo 28 de este Reglamento.
Si una institución médica no informa periódicamente sobre la implementación de trasplantes de órganos humanos al departamento de salud del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio donde está ubicada, el departamento de salud del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio donde esté ubicado le ordenará que haga las correcciones dentro de un plazo si no las hace dentro del plazo, si se produce la infracción, el responsable directo y demás personal directamente responsable; será sancionado conforme a la ley.
Artículo 30: Si el personal médico dedicado al trasplante de órganos humanos participa en la determinación de la muerte de los donantes de órganos fallecidos, las autoridades sanitarias de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior suspenderán su práctica por un período de no menos de seis meses pero no más de un año de acuerdo con la división de actividades, si las circunstancias son graves, el departamento emisor original revocará su certificado de práctica.
Artículo 31 Si el personal de una agencia estatal abusa de su poder, descuida sus deberes, comete malas prácticas para beneficio personal en la supervisión y gestión de trasplantes de órganos humanos y constituye un delito, será investigado por responsabilidad penal en conforme a la ley; si no constituye delito, serán castigados conforme a la pena.
Capítulo 5 Disposiciones Complementarias
Artículo 32 El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de mayo de 2007.
2. Las instituciones médicas chinas no pueden realizar cirugías de trasplante de órganos humanos a extranjeros sin autorización
3 de julio de 2007 17:39 Fuente: China News Service