¿Cómo se dividen los niveles de protección contra rayos?
Artículo 2.0.3 Cuando se presente alguna de las siguientes situaciones, se clasificará como edificio de protección contra rayos de segunda categoría: 8. Edificios ministeriales y de oficinas provinciales y otros edificios importantes donde el número de descargas de rayos sea Se espera que sea superior a 0,06 veces/año O edificios públicos densamente poblados. 9. Edificios civiles en general, como residencias y edificios de oficinas, donde se espera que el número de rayos sea superior a 0,3 veces/año. Artículo 2.0.4 Cuando se presente una de las siguientes situaciones, se clasificará en la tercera categoría de edificios protegidos contra rayos: 2. Edificios de ministerios y oficinas provinciales donde el número esperado de rayos sea mayor a 0,012 veces/a y menor a o igual a 0,06 veces/año; otros edificios públicos importantes o densamente poblados. 3. Edificios civiles en general, como residencias y edificios de oficinas, donde se espera que el número de rayos sea superior a 0,06 veces/a y menor o igual a 0,3 veces/a.